Las organizaciones religiosas Alianza Cristiana Dominicana (ACD) y Católicas por el Derecho a Decidir República Dominicana (CDDRD) respaldaron hoy la posición de inconstitucionalidad expresada por la diputada Faride Raful en relación a un proyecto de resolución que plantea exigir al Consejo Nacional de Educación el cumplimiento de la Ley No. 44-00 que establece la lectura e instrucción bíblica en las escuelas públicas.
En ese sentido, las personas Católicas, Bautistas, Episcopales, Evangélicas, Metodistas y Pentecostales que pertenecen a ACD y CDDRD explicaron que la constitución dominicana consagra la libertad “de cultos” o libertad religiosa (artículo 45), por lo tanto, contraviene sus preceptos el que sea el mismo Estado que imponga un libro religioso desde la escuela.
“Nuestro Estado es aconfesional y establece la libertad religiosa de las personas, lo que significa que el Estado, no tiene religión. La alusión a la presencia de la biblia en los símbolos patrios llama, precisamente, a que fue puesta en época de la creación del Estado dominicano, cuando no se había definido el carácter de libertad religiosa y sería un buen momento para rehacer esos símbolos sin alusiones religiosas”, explicaron los-as católicos-as y evangélicos-as.
Agregaron que: “Imponer una visión del mundo particular y que corresponde, en este caso, a la espiritualidad y religiosidad de las personas corresponde al ámbito privado. No es del ámbito del legislativo”.
Sobre la inconstitucionalidad de la Ley 44-00. ACD y CDDRD aclararon que la Ley 44-00 pertenece a un ordenamiento jurídico constitucional que no se corresponde con el actual.
“La Constitución vigente, del 26 de enero de 2010, modificada el 13 de junio de 2015, establece que la República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, que le da rango constitucional a los derechos civiles, que incluyen el respeto a la dignidad humana y los derechos fundamentales (Art. 7, 38), el derecho a la igualdad (Art. 39), el derecho al libre desarrollo de la personalidad (Art. 43), la libertad de conciencia y de cultos (Art. 45) y la libertad de expresión (Art. 49)”, señalaron.
Indicaron que «Vistos como un todo y comparados con lo que establece la mencionada Ley 44-00, podemos concluir que dicha pieza legislativa es inconstitucional, debido a que:
- La lectura de un texto bíblico luego del izamiento de la bandera, vulnera el derecho a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad, puesto que hacen ver a la biblia y al cristianismo como la religión deseable para las y los estudiantes.
- El establecimiento de la instrucción bíblica como materia en los niveles inicial, básico y medio, contraviene también el carácter laico que tiene el Estado dominicano.
Sobre la diputada Faride Raful. Tanto Alianza Cristiana Dominicana como Católicas por el Derecho a Decidir República Dominicana coincidieron en que Raful es una diputada que está haciendo el trabajo para el cual fue elegida; legislando para garantizar derechos.
En ese sentido, manifestaron respeto y apoyo a su forma de legislar porque plantea sus certezas sobre las decisiones que transformarán nuestras vidas y desde un enfoque de derechos humanos.
“La diputada Faride Raful cumple con la función legislativa de proteger y aclarar el mandato constitucional, la apoyamos”, concluyeron los (as) cristianos (as).