Causa sorpresa decreto 1084-83

Causa sorpresa decreto 1084-83

Causó sorpresa ayer en círculos económicos el decreto 1084-03 porque crea una Dirección Nacional de Seguridad Financiera que dependería directamente de la Presidencia, y no de la Autoridad Monetaria y Financiera.

Según establece el señalado decreto, esta Dirección Nacional de Seguridad Financiera se encargará de tomar acciones para prevenir, vigilar e investigar a las personas que cometan infracciones que atenten contra las entidades de intermediación financiera.

Una fuente consultada explicó que, en virtud del espíritu de la Ley Monetaria y Financiera, delega en la Autoridad Monetaria y Financiera, el manejo, de manera autónoma, de todos los aspectos relacionados con el manejo del sistema financiero y de seguridad, esa Dirección Nacional de Seguridad Financiera, si resultaba necesaria, debió ser creada por la Junta Monetaria para estar al servicio del Banco Central o de la Superintendencia de Bancos.

La Ley Monetaria y Financiera establece en su artículo 80 las sanciones penales las infracciones que se cometan en perjuicio del sistema financiero.

Entre esas infracciones la difusión por cualquier medio falsos rumores u la organización de campañas difamatorias relativas a la liquidez o solvencia de una o varias entidades de intermediación financiera y la estabilidad del mercado cambiario.

También se aplicarían penas a quienes infrinjan el artículo 25 de esa ley, literal d, a los que se asocien con ellos directa o indirectamente, y los que rehusaren recibir los billetes y las monedas nacionales por su valor facial.

El señalado acápite de ese artículo establece que «queda prohibida a toda persona física o jurídica, nacional o extranjera, la emisión, reproducción, imitación, falsificación o simulación total o parcial de billetes y monedas de curso legal, por cualquier medio, soporte o forma de representación…».

Advierte la Ley que quienes incumplan lo dispuesto en ese literal serán sancionados por el Banco Central, con independencia de la sanción penal que corresponda…».

Aún más, la Ley establece que la Junta Monetaria dictará un reglamento «para prevenir y sancionar la violación del presente literal».

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