CDEEE : vence memorando construir planta gas natural

CDEEE : vence memorando construir planta gas natural

Planta de gas natural. Archivo.

La Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) informó el vencimiento, el pasado 8 de mayo, de la vigencia del Memorando de Entendimiento que firmó un año antes con la empresa North Energy Central, S.R.L. (NEC), subsidiaria de la Southern California, Telephone & Energy (SCT&E), para construir una planta de gas natural en Montecristi.

El memorando no tenía fuerza vinculante, ni creaba obligaciones entre las partes, salvo la de la cláusula de confidencialidad sobre las informaciones cruzadas entre las partes y el contenido del memorando.

Explicó que el 10 de septiembre venció también el plazo de 60 que tenía la empresa norteamericana para presentar, a través de la SCT&E, una propuesta técnico-financiera-económica formal para el suministro de gas a corto y largo plazo para las centrales de generación eléctrica.

El documento, firmado el 8 de mayo de 2013, hace constar que la CDEEE y la NEC conversaron sobre una propuesta de la empresa extranjera para la construcción y puesta en operación de una planta de generación a gas natural licuado y la instalación de una Terminal de GLN en Manzanillo, Montecristi.

Ambos trataron sobre la “posibilidad de promover”, en la medida que la ley lo permita, la suscripción de un contrato para la compra venta de la energía que produciría la planta en caso de ser construida por la NEC.

La CDEEE se comprometió a realizar una evaluación técnica, financiera y legal del proyecto para determinar su viabilidad. También a proveer asistencia a la NEC en las gestiones y diligencias relativas al proyecto, y a gestionar las autorizaciones aplicables a la CDEEE bajo la normativa legal vigente en el país.

Un compromiso similar asumió en caso de que el proyecto de la NEC se materializara, es decir, gestionar los permisos que establecen las regulaciones nacionales, y “emplear sus mejores esfuerzos para promover, en la medida de sus atribuciones legales y conveniencia, la posibilidad de un acuerdo final para la compra de la energía producida por la planta por una o varias de las empresas distribuidoras, sujeto al previo cumplimiento de las disposiciones legales aplicables”.

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