El diputado y abogado de profesión Eugenio Cedeño afirmó que no tiene que retractarse de sus declaraciones en un medio de comunicación, acerca de que no constituye violación penal el que un hombre se quite el preservativo teniendo relaciones sexuales con su mujer sin el consentimiento de esta, siempre que no esté infectado de una enfermedad.
El artículo que ha causado repudio a Cedeño en algunos sectores es el 135 del proyecto de Código Penal, que castiga de 4 a 10 años de prisión y multa de 10 a 20 salarios mínimos del sector público a quien en una relación de pareja incurra en una actividad sexual no consentida, al ejercer intimidación, emplear engaño, fuerza, violencia, amenaza, coacción o suministrarle sustancias.
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Cedeño se quejó de medios de comunicación que, a su juicio, tergiversan para destruir moral, carreras y echarlo a pelear con su mujer y sus hijos, y los califica de asquerosos. Reiteró que no está de acuerdo con que a un hombre lo condenen a 10 años de prisión porque durante el acto sexual, con su pareja, se retire el preservativo o condón.
Favorece que el Código Penal condene a 5 ó 10 años a la persona que durante el “coito” se retire el condón, a sabiendas de tener una enfermedad infecto-contagiosa, con el fin de contagiar a su pareja. En lo que no está de acuerdo y lo reitera, es con llevar al Código Penal sanción para el hombre que en la intimidad sexual se quite el preservativo. Indica que, muchas veces, las mujeres abandonan la planificación para embarazarse y no son condenadas. Aclara que se opone a obligar a la mujer se le obligue a tener relaciones sexuales.
Los senadores Ricardo de los Santos, Santiago Zorrilla y Dionis Sánchez advirtieron del delito de tener relaciones sin consentimiento, sin abundar en las controversiales declaraciones del diputado por La Romana.