Certificación de los transportistas de mercancías

Certificación de los transportistas de mercancías

POR  LUIS ML. SÁNCHEZ DÍAZ
En la cadena logística de la distribución física un eslabón que debe garantizar la integridad de la operación del despacho aduanero es el operador del servicio de transporte terrestre de las mercancías. En el comercio internacional se define como cadena logística el «Control del Flujo Físico de las Mercancías», abastecimiento o distribución, planificación, ejecución y almacenamiento eficaz y eficiente, servicios e información, desde un punto de origen hasta el consumo (lugar de exportación e importación), cuya finalidad es satisfacer las necesidades de destinatarios finales.

Como consecuencia de los atentados terroristas del 11 de septiembre del 2001 en los Estados Unidos, es imperativo para la seguridad de las transacciones de comercio que los operadores y transportistas sean regulados, de manera que el servicio que ofrecen, así como los medios utilizados, cumplan con estándares de seguridad conforme a regulaciones internacionales.

Al efecto, la Organización Mundial de las Aduanas (OMA) en junio del año 2005 aprobó un marco normativo para asegurar y facilitar el comercio internacional, consignando como potestad de las Administraciones de Aduanas certificar a los operadores económicos de la cadena logística de abastecimiento.

Esta normativa de la OMA, organismo del que República Dominicana es signataria de pleno derecho, inspirada, entre otras fuentes, del Convenio de Kyoto (2001) sobre Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros, pauta políticas a las Administraciones de Aduanas para la gestión integrada con el sector privado que garantice la competitividad, seguridad y fiabilidad en las operaciones de comercio.

Los niveles de riesgos que afrontan las Administraciones se reducirán en la medida en que éstas incorporen socios de los medios comerciales para evaluar y enfrentar las amenazas de su propia cadena.  Bajo este precepto las empresas que se beneficiarán serán aquellas que demuestren tener una indiscutible voluntad de fortalecer la seguridad, disminuir los riesgos y contribuir a que las aduanas puedan cumplir con la función primordial que es facilitar el comercio legítimo.

Kyoto estipula en su anexo general que todas las mercancías, incluyendo medios de transporte que entran o salen del territorio aduanero, están sujetos al control aduanero, siendo potestad de las Administraciones de Aduanas exigir, antes, durante y después del despacho, garantías de la operación comercial a los transportistas, quienes están sujeto a evaluación de riesgos y como tal deben ser certificados.

La Alianza Empresarial para Comercio Seguro (Business Alliance for Secure Comerce, BASC) es otra iniciativa, constituida en el 1996, en San Diego, California, integrada por empresas de 19 países de Latinoamérica, Estados Unidos de Norteamérica y la Unión Europea, con el apoyo de administraciones aduanas de 16 países y 6 Organizaciones Internacionales.     

Es una organización sin fines de lucro, denominada «World BASC Organization» (WBO, por sus siglas en inglés), liderada por el sector empresarial, teniendo como  misión facilitar y agilizar el comercio internacional, mediante el establecimiento y administración de estándares de seguridad interna y fronteriza anti-contrabando. El capítulo Dominicano del BASC se creó el 04 de febrero del 2004 con una oficina de contacto en la sede principal de la DGA.

A la fecha 26 empresas nacionales de servicios, zonas francas, transportes y seguridad han sido certificadas de acuerdo al programa BASC.

Asimismo en enero de 2002 el servicio de aduanas de los Estados Unidos creó la Container Security Initiative (CSI) para ayudar a prevenir que el transporte global de contenedores sea utilizado por terroristas, estableciendo criterios de seguridad que permiten identificar carga contenerizada de alto  riesgo,  basado en análisis previo de la información.

Bajo este concepto el 07 de julio del presente año la Aduana Norteamericana suscribió con la Dirección General de Aduanas la certificación del Puerto Multimodal Caucedo, que permitirá la verificación física mediante sistemas de Rayos X, así como los procedimientos de embarques ceñidos a normas y exigencias de seguridad, lo que facilitaría el acceso de nuestras exportaciones al mercado norteamericano.

 DESPACHO DE MERCANCIAS PUERTOS Y AEROPUERTOS

Para el despacho aduanero se llena la formalidad de un conduce que exige el Agente Naviero, documento en el que se consignan los datos e informaciones que identifican una transacción de intercambio de custodia y responsabilidad en la cadena salida/entrada de mercancías contenerizadas o sueltas de una zona primaria de jurisdicción aduanera a otra o a una secundaria, dependiendo del régimen de destinación aduanera.

Este documento identifica y traspasa el instrumento de intercambio (contenedor, carga suelta, a granel, líquida) entre el operador del Terminal y el transportista que moviliza la carga. De este modo la custodia de la cosa inanimada recae sobre el transportista subcontratado por el consignatario de la carga o su representante, lo que sirve además  para salvaguardar y garantizar el retorno del equipo.

Para despachar una carga, el servicio de transporte debe, previo cumplimiento de los requisitos exigidos, estar registrado en la Asociación de Navieros de la República Dominicana (ANRD) o en la administración del puerto respectivo.

El contrato de transporte consigna que el mismo correrá por cuenta de la línea o agencia naviera transportadora, lo que no es aval para la Administración de Aduanas de que la mercancía llegue a su destino, por las tradicionales debilidades y falta de garantías que puedan respaldar el valor de las mercancías si éstas son trasegadas fraudulentamente.

En las Administraciones de Aduanas del país se generan aproximadamente unas 275 transacciones o declaraciones diarias a régimen de tránsitos, cuyas mercancías son transportadas con sellos de seguridad, conduce, carta de ruta, además de un oficial de custodia, y con todo ello son desviadas en contubernio con el transportista, que es parte del engranaje que integran los evasores de impuestos.

La mejor muestra es que después de seis (06) meses de requerir información a  gremios transportistas, por el involucramiento de 72 afiliados en el despacho irregular de 490 contenedores de mercancías declaradas a regímenes liberatorios, que no llegaron a sus destinos, con impuestos evadidos estimados en RD$694,576,045.28, la Dirección General de Aduanas aún espera respuesta, no existiendo  proactividad ni deseo de colaboración, muy por el contrario se observa una actitud desafiante a la autoridad.

Como resultado de acciones de detención de estos transportes los sindicatos que los agrupan respondieron de manera violenta paralizando el despacho en el Megapuerto Caucedo; no obstante, la Administración de Aduanas ha comisado hasta el momento la cantidad de 30 camiones de diferentes marcas y modelos, de conformidad con lo previsto en el artículo 200 literal b) de la Ley 3489 para el Régimen de las Aduanas, que penaliza también al transportista de mercancías objeto de contrabando.  

Asimismo, en el presente mes se han detectado despacho en tránsitos hacia Haití de 43 exportaciones de productos cuya materia prima se importara al amparo de la ley 84-99, que no se han registrado con llegada ni salida en las Aduanas fronterizas de destino.

Exigencias del DR-CAFTA

A la Dirección General de Aduanas como ente de control le asiste la obligación de garantizar la integridad de las transacciones del comercio internacional, por lo que es un compromiso la implementación del marco normativo de la OMA, que fuera tema de prioridad en la IX Conferencia Regional de Directores Generales de Aduanas de Las Américas y el Caribe, celebrada en Santo Domingo del 30 de Mayo al 2 de Junio, 2006.

La Dirección General de Aduanas coordinará con los diferentes entes vinculados, planes estratégicos de desarrollo de un comercio seguro, requiriendo a las empresas, operadores y transportistas, cumplir con los estándares exigidos, dotándoles de la credencial que garantice el servicio que ofrecen, que no represente riesgo alguno al Estado Dominicano ni al consignatario de las mercancías.

En este sentido, a los transportistas se les requerirá presentar una póliza de seguros que garantice el valor de los derechos e impuestos de la mercancías que procuren transportar, la que no será liberada hasta que la misma haya sido recibida íntegra en el destino, dado el elevado nivel de riesgo por evasión fiscal, salvo aquellos que estén certificados como operador confiable.

En tal virtud, la Dirección General de Aduanas y BASC, capítulo dominicano, suscribieron en fecha seis (06) de julio de 2005 un acuerdo para llevar a cabo dicha certificación acorde al marco normativo de la OMA.

Esta medida de control estará integrada al sistema de análisis de riesgo, soportado por una plataforma informática al margen de decisiones discrecionales, con la garantía, seguridad y el crédito necesario en correspondencia a las mejores prácticas internacionales de las Aduanas modernas que indefectiblemente estamos obligados como país a seguir.

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