Una de las tendencias a la que se han sumado una ola de cantantes en busca de posicionar mejor sus canciones son los ‘challenge’ musicales, que consisten en invitar al publico a colgar un video bailando el tema que estén promoviendo en ese momento.
A la moda de bailar con una predeterminada coreografía se han montado no solo los jóvenes, sino mayores y menores de edad y justo en este último grupo nos vamos a concentrar.
Tras la controversia generada el pasado mes de agosto por el arresto del cantante Don Miguelo, por compartir videos de menores de edad bailando su éxito “¿Y qué fue?”, han surgido varios debates sobre si es correcto o no subir videos de niños a las redes sociales, aunque se tenga el consentimiento de sus tutores.
Aunque este tema ya estaba “olvidado”, esta semana se volvió a recordar cuando el merenguero Manny Cruz, quien tiene el ‘challenge’ de su tema “Santo Domingo”, compartió un video con varias niñas bailándolo, lo que provocó la reacción de Don Miguelo, quien compartió en su cuenta de Instagram la siguiente publicación: “Me imagino ya salieron a buscarlo preso… o sea dicen que un niño o niña no puede salir bailando en las redes sociales, al menos en República Dominicana. ¿Y qué maldito relajo es? nada personal con Manny Cruz, solo que o somos o no somos”.
Luego de este ‘post’ Manny borró el video, provocando un fuerte debate de los usuarios, de que si debía o no eliminarlo, ya que las niñas estaban bailando de manera decente.
Sobre este tema, en ¡Alegría! conversamos con la abogada y comunicadora Lenis García quien explicó que el código para el Sistema de protección de Niños, niñas y adolescentes, Ley 136-03, establece que los niños y niñas tienen derechos fundamentales y que la protección integral de estos derechos tienen responsabilidades el Estado, la familia y la sociedad.
En este sentido se prohibe disponer o divulgar a través de cualquier medio la imagen y datos de los niños, niñas y adolescentes, en forma que pueda afectar su desarrollo físico, moral, psicológico e intelectual, su honor y su reputación o que puedan estigmatizar su conducta o comportamiento.
Lenis resaltó que las exposiciones que están prohibidas son aquellas que puedan ser lesivas para la moral, salud emocional y reputación del menor.