Choque de trenes: Allanamiento a Cámara de Cuentas abre delicado debate

Choque de trenes: Allanamiento a Cámara de Cuentas abre delicado debate

El allanamiento a la Cámara de Cuentas es un hecho sin precedentes en la historia de la administración pública de República Dominicana.

Así lo ha denominado varios abogados. Sin embargo, ante comentarios en redes sociales sobre si la acción del Ministerio Público es inconstitucional, el abogado Pedro Manuel Casals sostiene que, a pesar de lo delicado que es el caso a nivel jerárquico e institucional, el órgano persecutor recolectó los méritos necesarios para que la designada jueza de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, María G. Garabito Ramírez ordenara el allanamiento perpetrado la mañana de este lunes.

“Creemos que la actuación del Ministerio Público aunque si fue arriesgada, sin precedentes, que entendemos que va a marcar un debate histórico en la República Dominicana. El juez tiene total libertad en el amparo de la ley de poder ordenar este tipo de investigaciones cuando la propia encargada o la institución de entregar una información se rehúsa, la diluye, la distrae o la demora, por tanto, para preservar el interés del Estado y perseguir la acción penal se puede intervenir cualquier institución, hasta la Presidencia de la República si es necesario”, explicó.

No obstante, el abogado Linares insiste en que el allanamiento fue una intromisión burda de la Procuraduría General de la República.

“Mal precedente para la institucionalidad del país, ¿quién audita a la Procuraduría General de la República? No es la Cámara de Cuentas, una intromisión burda sobre un órgano constitucionalmente independiente, un Ministerio Público es dirigido por el Poder Ejecutivo, orden constitucional destrozado”, expresó en su cuenta en la red social Twitter.

La Cámara de Cuentas es un organismo autónomo creado bajo la Ley 10-04.

Artículo 9. La Cámara de Cuentas de la República Dominicana, en su calidad de órgano instituido por la Constitución con carácter principalmente técnico, goza de autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, y, en tal virtud tiene personalidad jurídica instrumental, correspondiéndole el examen de las cuentas generales y particulares de la República mediante auditorías estudios e investigaciones especiales para informar a quienes sea de rigor, conforme a las normas constitucionales y la presente ley (10-04)».

Por ser autónoma, los delitos en contra de sus miembros deben conocerse en la Suprema Corte de Justicia (jurisdicción privilegiada). No obstante, antes de llevarlos a juicio penal por los supuestos delitos hallados por la Procuraduría Especializada de la Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), conocedores del derecho como Julio Cury y Cándido Simó, manifestaron que estos deben ir a juicio político por ante el Congreso Nacional, poder del Estado que los eligió para el cargo.

“La naturaleza del juicio político es mixta: político y judicial, pues además de la separación del cargo, la otra sanción que conlleva es de carácter penal: inhabilitación por 10 años para ocupar cargos públicos. De ser declarado culpable, el funcionario destituido queda sujeto a acusación y juicio «por ante los tribunales ordinarios», como ordena el art. 80.1 constitucional”, manifestó el jurista.

Prosiguió: “El tema es polémico, pero soy de opinión que para imputar penalmente a un funcionario comprendido en el referido art. 83.1, es preciso que antes se le celebre juicio político”.

De su lado, Para el abogado Cándido Rodríguez, especialista en Lavado de Activos, el giro tomado en la investigación por corrupción y otros delitos encabezados por el Pepca podría no dar frutos. Así como Cury es de la opinión de que este caso debió someterse primero a juicio político.

“Debió hace rato la Cámara de Diputados, someter a los miembros de la Cámara de Cuentas, por ante el Senado y proceder a su destitución. Luego someterlo a la justicia ordinaria y nombrar los nuevos miembros de esa entidad de inútiles. ¡El giro tomado puede ser estéril!”, manifestó en la red social Twitter.

Sobre el allanamiento

La Pepca allanó el edificio que alberga la Cámara de Cuentas esta mañana como parte de una investigación denominada “Operación Caracol” que involucra a las autoridades del organismo encabezado por Hugo Francisco Álvarez Pérez, por los delitos de obstrucción de la justicia, coalición de funcionarios, falsificación de documentos públicos, asociación de malhechores, complicidad en los tipos penales de desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos provenientes de actos de corrupción.

«Los miembros del pleno y varios funcionarios de la Cámara de Cuentas son investigados por presunta violación al artículo 12 de la Ley 133-11, Orgánica del Ministerio Público; 59, 60, 123, 124, 145, 146, 147, 171, 172, 175, 188, 189, 265, 266 y 405 párrafo del Código Penal Dominicano, así como a la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en perjuicio del Estado dominicano», señala un comunicado del Ministerio Público.

¿A quiénes se investiga en la Cámara de Cuentas? Además de su presidente Álvarez Pérez, la investigación por corrupción incluye a Pedro Antonio Ortiz Hernández, Carlos Noés Tejada Díaz, Margarita Melenciano Corporán y Félix Álvarez Rivera, quienes completan el pleno de la Cámara de Cuentas y, por lo tanto, gozan de privilegio de jurisdicción.

El allanamiento de este lunes se produce con base en la Resolución 01-2021, dictada el 18 de este mes de febrero de 2021 por la jueza María G. Garabito Ramírez, de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia.

La designación de Garabito Ramírez como jueza de control de la investigación a la Cámara de Cuentas se produjo luego de una solicitud de la Pepca al presidente de la Suprema, Luis Henry Molina Peña, en virtud del privilegio de jurisdicción que tienen los integrantes del pleno del órgano de supervisión.

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