CIDH afirma sentencia TC priva nacionalidad de forma arbitraria

CIDH afirma sentencia TC priva  nacionalidad de forma arbitraria

La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) consideró que la Sentencia del Tribunal Constitucional 168/13 conlleva a una privación arbitraria de la nacionalidad, tiene un efecto discriminatorio, dado que impacta principalmente a dominicanos de ascendencia haitiana, y genera apatridia. Esta situación provoca una extrema vulnerabilidad para estas personas y se producen violaciones a otros múltiples derechos humanos.

Así lo establece en su informe preliminar de la visita “in loco” que realizara a la República Dominicana desde el pasado lunes, y en el que sugiere que se garantice el derecho a la nacionalidad de las personas que ya la tenían antes de la Constitución de 2010.

La CIDH estuvo en el país para observar la situación sobre los derechos a la nacionalidad, la identidad, la igualdad, la no discriminación, así como a otros derechos y problemáticas relacionadas.

Durante la visita, delegados de la CIDH recibieron a 3,994 personas, quienes denunciaron diversas violaciones a sus derechos. Esta cantidad de casos sobrepasa considerablemente los que recibe el organismo en un año, que ha recibido un máximo de 1,978.

Asimismo, visitaron las provincias Baoruco, Dajabón, Jimaní, La Romana, San Pedro de Macorís, Santo Domingo y Valverde y constataron la situación de los bateyes.

También sostuvieron reuniones con autoridades, organizaciones de la sociedad civil, víctimas de violaciones a los derechos humanos y representantes de agencias internacionales.

Peor aún. La CIDH afirmó que durante la visita recibió información preocupante sobre graves vulneraciones al derecho a la nacionalidad, a la identidad, a la igualdad ante la ley, y a la no discriminación.

Incluso, señala, que las violaciones al derecho a la nacionalidad, que había observado en su última visita in loco, realizada en 1997, continúan, y la situación se ha agravado debido a la sentencia TC 0168/13 del Tribunal Constitucional.

“Como consecuencia de la sentencia, un número indeterminado pero muy significativo de dominicanos y dominicanas, que diversas fuentes estiman en más de 200,000 personas, han sido privados arbitrariamente de su nacionalidad como consecuencia de esta sentencia. Como resultado, estas personas han visto violado su derecho a la personalidad jurídica, y viven sumidos en una condición de extrema vulnerabilidad. Esta situación afecta en forma desproporcionada a las personas de ascendencia haitiana, quienes son también personas afrodescendientes y frecuentemente identificados sobre la base del color de su piel, constituyendo una violación al derecho a la igualdad y a la no discriminación”, dice el informe.

Exclusión. La CIDH dijo que constató las condiciones de pobreza, exclusión y discriminación bajo las cuales viven los habitantes de los bateyes. “La pobreza afecta desproporcionadamente a las personas de ascendencia haitiana, y esto guarda relación con los obstáculos que enfrentan en el acceso a sus documentos de identidad”.

Libertad de expresión. En otro orden, la CIDH indicó que recibió información profundamente preocupante acerca de expresiones contra periodistas, intelectuales, abogados, políticos, legisladores, defensores de derechos humanos, figuras públicas e incluso servidores públicos de alto nivel que han criticado la sentencia del Tribunal Constitucional, quienes han sido calificados como “traidores a la patria”. Menciona en particular los casos de los periodistas Luis Eduardo Lora (Huchi) y Juan Bolívar Díaz, Marino Zapete, Fausto Rosario Adames y Ramón Emilio Colombo.

“La Comisión también expresa su preocupación de que la intolerancia y el discurso racista cree un ambiente que incremente la vulnerabilidad frente a la violencia de las personas de descendencia haitiana”, expresa la CIDH y llama a las autoridades a contribuir decisivamente a la construcción de un clima de tolerancia y respeto.

Sugerencias. La CIDH sugiere que, en la búsqueda de una solución respetuosa de los derechos humanos, las medidas que se adopten para responder a los desafíos identificados en cuanto al derecho a la nacionalidad, en particular los evidenciados por la sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional, deberían tener las siguientes características:

1) Debe garantizar el derecho a la nacionalidad de las personas que ya tenían este derecho bajo el régimen interno vigente entre 1929 y 2010.

2) No se puede exigir que las personas con derecho a la nacionalidad, como aquellas desnacionalizadas bajo la sentencia 168/13, se registren como extranjeros como requisito para el reconocimiento de sus derechos.

3) Las medidas para garantizar el derecho a la nacionalidad de las personas perjudicadas por la sentencia 168/13 deben ser generales y automáticas. Dichos mecanismos deben ser sencillos, claros, rápidos y justos. No pueden ser discrecionales o implementados en forma discriminatoria.

4) Los mecanismos deben ser accesibles en términos económicos.

Qué sigue. Ante la pregunta que si se llevaría al país ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, Orozco explicó que la visita se trató de un monitoreo sobre los derechos humanos, aunque no descartó que entre los miles de casos presentados en particular pueda alguno llegar a ese organismo, pero para esto se necesita agotar una serie de mecanismos internos.

Álvarez detalló que ahora se analizarán los documentos recibidos para presentar un informe definitivo que estaría listo a mediados del próximo año. Previo a su publicación, se presenta al Gobierno dominicano para que haga sus reparos.

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