Cita ventajas proyecto de ley quiebras empresas

Cita ventajas proyecto de ley quiebras empresas

POR ALEIDA  PLASENCIA
El proyecto de ley de quiebras, sometido al Congreso el pasado viernes, ofrece a las empresas en dificultades financieras  la posibilidad de reestructurarse, salvaguardando su patrimonio y continuando con su actividad económica.

Asimismo establece un régimen general para la reorganización mercantil de las empresas, y un régimen legal de carácter judicial. Esto es, según la propuesta  para la liquidación de las empresas, permitiendo  la mayor recuperación del patrimonio de la misma a favor de los acreedores.

Dicha propuesta, denominada  anteproyecto de Ley de Reestructuración Mercantil y Liquidación Judicial, fue  elaborada por el Consejo Nacional de Competitividad  (CNC) con los auspicios de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) . La propuesta instituye que el comerciante que se encuentre en estado de insolvencia está  obligado a hacer por escrito una solicitud de reestructuración mercantil.

La misma deberá especificar su nombre completo o su denominación o razón social,  el domicilio de elección para recibir notificaciones, así como en su caso el domicilio social, el de sus diversas oficinas y establecimientos, incluyendo plantas, almacenes o bodegas, especificando en dónde tiene la administración principal de su empresa o en caso de ser una persona física, el domicilio donde vive.

Además deberá anexarse los estados financieros de los últimos tres ejercicios fiscales preparados de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados, los cuales deberán estar auditados por un contador público autorizado de acuerdo con las normas de auditoria generalmente  aceptados cuando exista esta obligación en términos de Ley.

Dice que en el caso  de tener menos de tres años de haber iniciado operaciones, todos los estados financieros deben contener, una memoria en la que explique por qué no puede cumplir sus compromisos comerciales y las causas que lo llevaron al estado de incumplimiento en que se encuentra.

Igualmente una relación de sus acreedores que sean instituciones financieras nacionales y extranjeras en la que indique sus nombres y domicilios, persona de contacto, la fecha de otorgación y de vencimiento del crédito o créditos de cada uno de ellos, indicando las características particulares de dichos créditos.

También debe entregar un inventario detallado de todos sus bienes inmuebles y muebles, títulos, valores, géneros de comercio y derechos de cualquier otra especie. Así como una  relación detallada de los procedimientos o acciones judiciales, administrativas, laborales, arbitrales o de cualquier otra naturaleza en los cuales el deudor  forme parte como demandante, demandado o en cualquier otra calidad .

 Así como de todos los reclamos en su contra de los que tenga conocimiento o haya realizado si estiman que el comerciante ha entrado o entrará dentro de los próximos seis (6) meses a las instituciones financieras y clasificando a los proveedores de bienes y servicios en suplidores estratégicos y suplidores no estratégicos que es cualquier suplidor que no sea imprescindible para las operaciones ordinarias de la empresa.

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