El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), aprobó el contrato póliza de discapacidad y sobrevivencia entre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y las compañías de seguros para el régimen contributivo y para los afiliados al plan piloto del régimen contributivo-subsidiado de los trabajadores domésticos.
El contrato póliza es un acuerdo entre las AFP y las compañías de seguros, con el objetivo de garantizar una pensión al afiliado del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) ante una discapacidad, y en caso de fallecimiento una pensión para sus familiares.
Puede leer: Arismendi considera que urge modificar ley de Seguridad Social
Una nota explica que este convenio aprobado mediante la resolución del CNSS 569-03 incluye de beneficios entre ellos que el cotizante tendrá 20 años para reclamar su pensión. Esto amplia y facilita el tiempo de solicitud, que tendrá el afiliado para reclamar su derecho.
Expresa que también simplifican los requisitos para las pensiones por discapacidad o sobrevivencia, e incluye a los trabajadores domésticos y que la discapacidad es reconocida a partir de la fecha de concreción, “lo cual conviene” al afiliado y será un mejor cálculo de los salarios para las pensiones. La cobertura del seguro de discapacidad y sobrevivencia inicia para cada afiliado, a partir del momento en que el empleador realice el pago.