El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) amplió el plazo de cobertura a 60 días para aquellos que presenten retraso en el pago de las cotizaciones al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
Mediante la resolución 240-8, el CNSS propuso al Poder Ejecutivo la modificación del Reglamento sobre Aspectos Generales de Afiliación al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.
De tal propuesta el Poder Ejecutivo emitió el decreto 324-10, el cual establece además, que todo recién nacido tiene vocación de afiliado a la Administradora de Riesgos de Salud (ARS), a la que pertenecen su padres.
La ARS, ya sea privada o pública, proveerá al recién nacido de los servicios de salud correspondientes durante sesenta días, a contar de la fecha del parto, sin exigir su registro en la ARS y con el acta de nacimiento, señala el decreto.
Esta resolución beneficia a los afiliados, ya que anteriormente el plazo para los afiliados con atraso era de 30 días y algunos padres enfrentaban dificultades a la hora de solicitar servicios de salud para recién nacidos, informó Bienvenido Martínez, gerente general del CNSS.