CNSS aprueba mecanismos de crédito recursos de ARL y terna GG

CNSS aprueba mecanismos de crédito recursos de ARL y terna GG

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), a través de la resolución No. 260-06, aprobó el mecanismo para la devolución y/o créditos a los Empleadores Públicos y Privados de los Fondos Acumulados en la Administradora de Riesgos Laborales Salud Segura (ARL-SS). Dichos fondos también serán utilizados  en la reestructuración del Instituto Dominicanos de Seguros Social (IDSS).

Durante la reunión presidida por el Presidente del CNSS, Dr. Max Puig, se aprobó la terna para ocupar la posición de Gerente General (GG) del CNSS, integrada por el Lic. José Rafael Pérez Modesto, Lic. Jeffrey Lizardo y Dr. José Manuel Robles Marte; para que sea remitida al Poder Ejecutivo, en apego a las disposiciones del Artículo 27 de la Ley 87-01.

En tanto que la entidad rectora del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), aprobó el informe presentado por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), donde se detalla que la devolución y/o créditos se hará en base al histórico del total de cotizaciones efectuadas por los empleadores públicos y privados al Seguro de Riesgos Laborales desde su inicio en febrero de 2004 hasta el 3 de diciembre de 2010.

Los aportes de los empleadores públicos representan el 30.16% del total de RD$3, 012, 856,137.17, y los aportes de los empleadores privados un 69.84% para un monto de RD$ 6, 982, 647,592.00.

La devolución y/o créditos se harán en base a la proporción en que cada uno ha contribuido con las cotizaciones del Seguro de Riesgos Laborales. En el caso de los empleadores públicos este proceso se realizará en la forma establecida en el Acuerdo Tripartito y el procedimiento aprobado que fue sometido por la TSS.

Los montos correspondientes a los empleadores privados será mediante cuotas mensuales iguales y consecutivas a ser acreditadas en un plazo de hasta 60 meses a partir del mes de febrero del 2011.   

Se apodera a la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones del CNSS de la misión de autorizar, supervisar y garantizar el manejo del Fondo Especial creado dentro de la ARL-SS constituido por los montos a ser devueltos y/o acreditados a los empleadores privados y los intereses que los mismos generen, hasta el agotamiento de dicho fondos.

Se instruye a la TSS emitir la notificación de los montos correspondientes a los empleadores cotizantes en el Sistema Dominicano de Seguridad Social beneficiarios de los créditos o reembolsos en el mes de febrero de 2011; en la que se  haga constar la suma total que le corresponde recibir por concepto del crédito y/o reembolso a cada empleador privado.

Se ordena a la ARL-SS transferir antes del día 15 de cada mes a la cuenta de la TSS en el Banco Central de la República Dominicana, los montos que corresponden a ser acreditados a los empleadores a fin de incluirlos en las NP del período según la programación anteriormente mencionada. Así como, depositar a la Cuenta de la TSS dos (2) meses por adelantado en la primera transferencia de fondos.

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