CNSS extiende plazo atenciones a trabajadores suspendidos

CNSS extiende plazo  atenciones  a trabajadores suspendidos

El País / Rafael Pérez Modesto habla en rueda de prensa para anunciar los actos Oficiales con motivo al mes de la Patria, Hoy/José Francisco.24-1-2012

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) dipuso la extensión del plazo de cobertura médica a trabajadores suspendidos. Mediante la resolución 496-01, el CNSS dispuso que todos los trabajadores suspendidos y sus dependientes directos y adicionales continúen con la cobertura que les ofrece su afiliación al Seguro Familiar de Salud, del régimen contributivo.

La decisión fue tomada durante una reunión virtual extraordinaria en la que las autoridades decidieron que desde el 1 al 31 de julio de 2020 los trabajadores tenían derecho a continuar sla olicitud de servicios de salud si así lo requieren.

Durante una sesión encabezada por el ministro de Trabajo y presidente del CNSS, Winston Santos, aprobaron a unanimidad las coberturas del Seguro Familiar de Salud y de los subsidios por Enfermedad, Maternidad y Lactancia, informó el gerente general, Rafael Pérez Modesto.

“La extensión de coberturas para estos afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) demuestra una vez más el interés del Gobierno y los miembros del Consejo de mantener la protección a cientos de trabajadores que se encuentran actualmente suspendidos de sus empleos por la pandemia de la covid- 19”, dijo.

El funcionario señaló que este plazo además incluye cobertura de los recién nacidos para garantizarles los beneficios del Sistema Dominicano de Seguridad Social, quienes podrán solicitar servicios de salud sin contar con el número de Seguridad Social (NSS) y mantener la cobertura a los afiliados dependientes directos, que cumplan durante este período 18 y 21 años, siempre que sean estudiantes. “Con esta resolución, el CNSS se adhiere a las medidas tomadas por el Gobierno en procura de proteger a los trabajadores. “Además, resaltamos la disposición del sector empleador, laboral y demás miembros integrantes del Consejo para su aprobación”, manifestó.

Recordó que los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) que se encuentran privados de un trabajo remunerado cuyos contratos de trabajo fueron suspendidos mantienen su cobertura en especie y sin disfrute de las prestaciones en dinero.

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