Colegios electorales estarán sin
teléfonos inalámbricos

Colegios electorales estarán sin <BR>teléfonos inalámbricos

POR FERNANDO QUIROZ
Los miembros de colegios electorales, así como los delegados políticos y sus suplentes, tendrán restringido el uso de teléfonos celulares dentro del ámbito del colegio electoral, dispuso la Junta Central Electoral (JCE).

Mediante la resolución 24-2006, del día 9 de este mes, la JCE prohibió el uso de todo aparato electrónico dentro de los colegios electorales, especialmente celulares, cámaras fotográficas o cámaras de grabación.

En caso de que los electores porten esos aparatos, serán guardados por el presidente del colegio electoral hasta que concluyan con el ejercicio del sufragio. Se especifica que en el caso de los votantes sólo se les retendrán esos equipos al momento de votar.

“Disponer la prohibición del uso de carteras, bultos, bolsos o cualquier accesorio similar dentro del colegio electoral, razón por cual, si un elector o electora se presenta ante este con uno de los objetos señalados, los mismos se quedarán en la mesa de trabajo del colegio electoral hasta tanto dicho elector concluya con su proceso de votación, le hayan entintado su dedo y le haya sido devuelta su Cédula de Identidad y Electoral”, establece la resolución.

ARMAS

Ninguna persona podrá entrar portando armas de fuego a las instalaciones de la JCE, las Juntas Electorales, los recintos electorales y los colegios electorales, exceptuando los miembros de la Policía Militar Electoral y en el caso de éstos últimos deberán portar el brazalete que les acredite como tales.

-En ningún caso estos militares o policías podrán hacer manipulaciones de sus armas de reglamento, salvo el caso de extrema necesidad.

-Si al recinto electoral se presenta una persona armada, el arma será dejada en poder del supervisor de la Policía Militar Electoral asignado al local o recinto y se la retornará una vez haya salido del colegio electoral o se disponga a salir del recinto de la Junta Central Electoral, las juntas electorales o los centros de votación.

La resolución la firman el presidente de la JCE, Luis Arias, y los miembros Salvador Ramos, Nelson Gómez, Rafaelina Peralta, Luis Nelson Panteleón González, Rafael Díaz Vásquez, José Luis Tavárez, Robero Rosario, Ramón Hernández Domínguez y el secretario general Antonio Lockward Artiles.

En otra resolución, la 11-2006, del 14 de febrero pasado, la JCE recomienda a los partidos o alianzas de partidos que preferiblemente escojan como delegados y suplentes de sus respectivas organizaciones a electores del colegio en el cual habrán de realizar su labor.

Además, que los partidos aliados o coaligados para la postulación de candidatos comunes serán una sola entidad con una representación común ante la JCE, ante cada Junta Electoral de su dependencia y ante cada colegio electoral, en los niveles de elección y en las demarcaciones políticas electorales en que concurran aliados o coaligados.

Cuando la alianza o coalición sea total e idéntica en ambos niveles de elección, congresional y municipal, habrá un sólo representante ante los órganos electorales.

En caso distinto, cada alianza tendrá un representante por cada nivel de elección, aunque sea el mismo partido quien la personifique.

No considerarán como representaciones eolíticas válidas ante los colegios electorales figuras extrañas tales como “Supervisores políticos” ni “fiscales políticos”.

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