Comerciantes elevan recurso al TC sobre impresoras fiscales

Comerciantes elevan recurso al TC sobre impresoras fiscales

El Tribunal Constitucional conoció una demanda de acción directa de inconstitucionalidad contra la resolución 04-14 de la Dirección General de Impuestos Internos, que regula el uso de las impresoras fiscales, elevada por la Federación Dominicana de Comerciantes.
De acuerdo al abogado Ángel Lockward la referida resolución es inconstitucional porque viola el debido proceso para normas de carácter general, que indica que deben ser publicadas antes.
También viola la constitución cuando establece delitos y sanciones para los dueños de establecimientos comerciales en cuanto al uso y mantenimiento de las impresoras fiscales.
Lockward explica que los delitos solo pueden ser creados por ley y que la Constitución de la República prohíbe a la administración crear medidas de carácter sancionatorio que impliquen la privación de libertad.
La resolución 04-14 establece sujeto de defraudación tributara el contribuyente que altere o viole el área donde operan las impresoras fiscales, o que utilicen para servicios de mantenimiento a una persona que no esté autorizada por la DGII. Podrían ser sancionados con las penas que establece Código Tributario.
“Ahora si a uno de esos señores, a una mujer del comercio se le daña la impresora fiscal y ella va por donde está la impresora, va presa; si se le daña y ella para parar su negocio busca un técnico que la arregle va preso, sino se la compra a una empresa en particular va presa”, explica Lockward
El abogado entiende que esta medida es irracional, pues ni la DGII tiene los técnicos suficientes para dar soporte en todo el país.
En este caso dice que se trata de una cosa de ejecución imposible.
Indicó que todos esos comerciantes que elevaron el recurso, tienen su registro de contribuyente, que todos pagan y quieren seguir pagando para un país más prospero, pero en el marco de la ley no del abuso.
A los más de 60 demandantes se les dio un plazo de 15 días para depositar por escrito sus ampliación conclusiones sobre la solicitud.

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