Comercio o medio ambiente
Una disyuntiva falsa

Comercio o medio ambiente<BR>Una disyuntiva falsa

Al hablar de comercio, suele obviarse el respeto al medio ambiente. En la práctica de algunos sectores empresariales ha primado una disyuntiva que hoy se revela como falsa: o crecimiento del comercio o respeto al medio ambiente.

Muchos desarrollos empresariales se han hecho a costa del ambiente, extrayendo ganancias que hipotecan el futuro de una región o zona por no respetar los parámetros ambientales.

Distintos estudios coinciden en que lo más sensato debiera ser impulsar políticas integrales en las negociaciones comerciales para alcanzar el desarrollo sostenible.

Tanto en el 1992 como en el 2002 los ministerios de Medio Ambiente de la región afirmaban que se avanzó en términos de regulaciones, pero que se hacía indispensable revertir las tendencias a la degradación ambiental. El rápido crecimiento económico y la urbanización acelerada han puesto grandes presiones a los recursos naturales del país.

República Dominicana fue tardía en su legislación ambiental al aprobarse la actual Ley 64-00 en agosto de 2000, iniciándose un proceso de integración de un conjunto de instituciones que se encontraban dispersas y sin un liderazgo unificado.

El DR-CAFTA y el medio ambiente.  El Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Centroamérica establece la utilización óptima de recursos con el objetivo del desarrollo sostenible. Obliga a que el Estado dominicano no deje de cumplir sus atribuciones con la intención de beneficiar un comercio o producto.

Para el tratado no sólo es reprochable la realización de actos contrarios al cumplimiento de la legislación ambiental, sino que la simple negativa de atender a tiempo las solicitudes ambientales se considera una violación, pudiendo invocarse al Consejo de Asuntos Ambientales del Tratado.

Este Consejo está compuesto por representantes del nivel ministerial o equivalentes, y asegurará que exista un proceso para promover la participación pública en su labor. Se hace necesario que los dominicanos fortalezcamos los procesos de participación pública, la asunción de una responsabilidad social sobre los problemas del medio ambiente y los recursos naturales.

El tratado establece que una de las partes, por ejemplo la dominicana, no puede querer atraer inversión extranjera o incentivar una expansión ofreciendo a cambio debilitación o reducción de la protección ambiental.

Una innovación jurídica.  Un aspecto novedoso lo constituye el hecho de que abre acceso a los tribunales de la otra parte y otorga legitimidad procesal activa para que una persona pueda demandar a otra que se encuentra bajo la jurisdicción competente. Permite que un ciudadano de Centroamérica o Estados Unidos solicite la suspensión de una actividad en República Dominicana en virtud del riesgo o peligro que puede significar para las personas o el ambiente.

Además, tienen derecho a solicitar sanciones o medidas de reparación, como sanciones pecuniarias, clausuras de emergencia u órdenes judiciales destinadas a mitigar las consecuencias de las infracciones de su legislación ambiental, entre otras.

Rompiendo el círculo de la avaricia.  El sector empresarial ha sido conducido a esta percepción de necesidad de cuidado colectivo del medio ambiente, presionado por los acuerdos de libre comercio que ha firmado el país.

Sin negar el lucro como una de las razones de las actividades productivas, el DR-CAFTA presenta reglas que rompen con la avaricia. Julio Virgilio Brache, presidente de la Cámara Americana de Comercio y fundador de la Red para el Apoyo Empresarial a la Protección Ambiental (Renaepa) y Roberto Herrera, presidente actual de Renaepa, analizan el tema para la sección de Economía y Negocios dominical de HOY.

Brache indica que la producción acorde a los parámetros ambientales se ha constituido en un requisito de las instituciones crediticias. “Los bancos, como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Corporación Financiera Internacional y hasta el mismo Fondo Monetario, si tú no tienes un cumplimiento ambiental no puedes ser objeto de préstamo”, afirma.

Indica que una empresa de un país competidor puede levantar una queja si una empresa dominicana no cumple con los parámetros ambientales. El cuidado del medio ambiente es un costo que debe ser contemplado por el sector empresarial.

Herrera  afirma que “pueden ir de la mano lo que es la protección al medio ambiente y el comercio. En el caso de los Centroamericanos han logrado incrementar su comercio, bajo la incorporación de conceptos de producción más limpia, y no sólo incrementarlo, sino que han hecho más rentables sus empresas gracias a estos esquemas”, dado que los consumidores europeos y norteamericanos están dispuestos a pagar mejores precios.

¿Conciencia o miedo a las sanciones?  Se ha avanzado. Sin embargo, siempre queda la duda de si el sector empresarial lo está haciendo por conciencia o por miedo a las sanciones. Esta disyuntiva es importante porque lo que se hace por miedo suele desaparecer una vez disminuye la presión coercitiva.

Para Julio Virgilio Brache, han de cultivarse las dos cosas. Cuenta cómo hace unos años, a través de Renaepa, las autoridades llamaron a la conciencia del sector empresarial y obtuvieron reacciones favorables, pero también fortalecieron el sistema de sanciones.

El cuidado y protección del medio ambiente no es un tema de un solo actor social. El gobierno y las organizaciones de una comunidad o de la sociedad tienen un papel que jugar.

“La empresa, de la mano con la comunidad, tiene que ser la que lleve la voz cantante”, señala Herrera. Afirma que el cuidado del ambiente es una responsabilidad de todos, y añade, “si hay una empresa que no está cumpliendo, la población tiene que elevar su reclamo ante Medio Ambiente o a la autoridad competente”, aunque lo ideal es que se acerque primero a la empresa.

Los miembros de Renaepa están tomando en serio a las comunidades, y explica que desde las empresas pueden hacerse cambios, motivando al personal a ser responsable con el medio ambiente.

Afirma que en la Red sus miembros avanzan porque “ya la mayoría de los miembros han hecho las inversiones necesarias, porque entienden que en el corto, mediano y largo plazo es lo que más les conviene, no sólo a ellos como empresarios, sino al país”.

Puntos críticos.  Hay puntos críticos para lograr que la producción sea respetuosa del medio ambiente. Herrera señala, por ejemplo, que el Ministerio de Medio Ambiente no recibe los recursos necesarios “y eso impide que se contrate el personal necesario para poder ser un poco más diligentes en las funciones que tienen que desempeñar los técnicos, o para atraer más recursos humanos calificados, preparados”. Por otro lado, es necesario garantizar la continuidad y la institucionalidad en el Ministerio, lo cual no es tan simple.

En la Ley 64-00, el cumplimiento ambiental no es opcional, pero el proceso de cooperación bilateral puede ayudar a implementar medidas acordes con esta visión.

La cooperación ambiental entre las partes puede permitir al país reducir la contaminación minera, compartir la experiencia del sector privado, mejorar las prácticas agrícolas, mejorar la protección y manejo de la vida silvestre, aumentar el uso de combustibles limpios, entre otros aspectos.  Brache y Herrera, con énfasis  indican que se hace necesario que haya una ciudadanía y un liderazgo responsable y que el sector empresarial sea capaz de apostar no por cualquier desarrollo, sino por un desarrollo sostenible en el tiempo. 

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Ley  ambiental

En la Ley 64-00, el cumplimiento ambiental no es opcional, pero el proceso de cooperación bilateral puede ayudar a implementar medidas acordes con esta visión. La cooperación ambiental entre las partes puede permitir al país reducir la contaminación minera, compartir la experiencia del sector privado, mejorar las prácticas agrícolas, mejorar la protección y manejo de la vida silvestre, aumentar el uso de combustibles limpios, entre otros aspectos. Sin embargo, el Ministerio de Medio Ambiente no recibe los recursos necesarios para disponer del personal necesario para ejercer las funciones que le atribuye la legislación. Esta situación constituye una amenaza para la naturaleza que defiende.

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