¿Cómo reestructura un país el servicio de su deuda externa?

¿Cómo reestructura un país el servicio de su deuda externa?

Un país tiene siempre la posibilidad de reestructurar el servicio de su deuda externa. Este nuevo arreglo o reestructuración (reescalonamiento) supone, por lo general, una prolongación de los plazos previstos originalmente para el reembolso de una deuda dada o de un conjunto de deudas.

El «reescalonamiento» es una de las opciones de que dispone un país que se ve en dificultades en el «servicio» de su deuda externa, es decir, al efectuar los pagos de capital e intereses a medida que se vencen. Una reestructuración abarca la deuda oficial y la deuda bancaria privada.

Los economistas y los banqueros distinguen a veces entre dos grandes tipos de dificultades con la deuda de una país: el debido a problemas de liquidez, que se define como una escasez temporal de recursos en divisas, y el que se origina en dificultades por problemas de solvencia, cuando las obligaciones por servicio de la deuda están más allá de la capacidad económica a mas largo plazo del país en cuestión. En la práctica, pueden presentarse elementos de ambos tipos, y por eso se debe considerar una solución a un problema del servicio de la deuda en el contexto de la recuperación de la viabilidad de la balanza de pagos y no de manera aislada.

Un país puede verse en dificultades de servicio de deuda por varias razones: (1) puede haber perseguido políticas macroeconómicas inadecuadas que lleven a problemas de balanza de pagos y que socaven su capacidad para el servicio de la deuda; (2) puede haberse endeudado excesivamente, es decir, por encima de su capacidad actual para el servicio de la deuda; (3) puede haberse endeudado en condiciones desfavorables o puede haberse constituido una estructura de vencimientos desfavorables, con algún máximo exagerado en los abonos que vencen; (4) puede verse afectado por acontecimientos que no puede gobernar; y (5) el país puede, por alguna otra razón, ver reducida bruscamente su capacidad para obtener moneda extranjera. Una gran parte del endeudamiento en los últimos años se ha cumplido con base en las tasas de interés flotantes (vinculadas por lo general a la tasa de interés en el mercado interbancario de Londres) y éstas tasas pueden aumentar notablemente por razones que nada tienen que ver con las condiciones en el país deudor. Asimismo, un país puede experimentar una disminución temporal pero considerable en sus exportaciones que reduzca sus ingresos de divisas y su capacidad de servicio de la deuda.

[b]Las opciones[/b]

Un país que confronta dificultades de servicio de la deuda tiene, en sentido general, tres opciones. Primeramente, puede suspender los bonos a su deuda y acumular con ello atrasos por servicio de la deuda. Esta opción tiene serias desventajas a considerar pues puede debilitar la confianza en el país, haciéndole difícil conseguir empréstitos en el futuro. Además, hay otra posibilidad (aunque rara vez se llega a ello) y es la de que el país sea declarado formalmente en incumplimiento de pagos (default), en cuyo caso los activos de ese país en el exterior (bancos, aeronaves, etc.) pueden ser «embargados» o confiscados y vendidos para descargar la deuda.

Una segunda opción puede ser para el país el tratar de servir su deuda a toda costa. Pero para ello puede tener que restringir su demás gastos de moneda extranjera, lo que en general equivale a reducir importaciones, asunto difícil y complicado cuando el nivel de importaciones nacionales representa necesidades fundamentales. Así pues, por motivos económicos tanto como sociales, no puede ser éste un curso de acción viable.

En tercer lugar, el país puede solicitar un «reescalonamiento de la deuda oficial», el cual es un nuevo arreglo de los plazos de abono del préstamo original. Esta opción tiene la modalidad de poder optar por un refinanciamiento técnicamente diferente. Supone un préstamo a mediano plazo por la cuantía de la deuda vencida, que se paga con las ganancias obtenidas con el préstamo. Un reescalonamiento puede cubrir solamente el capital o bien el capital y los intereses sobre los abonos que se venzan en un periodo dado (por lo general un año). La deuda reescalonada puede incluir un periodo de «gracia» o un plan «prolongado» de abonos. Así pues, el reescalonamiento no es solamente posponer una deuda sino más bien extender a varios años los pagos que se vencieron en un año. Desde luego entra en ello un costo, por cuanto el país deudor debe pagar intereses sobre la cuantía pendiente hasta que la deuda haya sido amortizada definitiva y totalmente.

Un número de países en los últimos años se ha visto en agudos problemas de balanza de pagos y dificultades por servicio de la deuda, lo cual ha determinado el incremento creciente en el número de reescalonamientos. El proceso multilateral de reescalonamiento ha abarcado por lo general dos tipos de deudas: la deuda oficial, es decir, los préstamos suministrados o garantizados por gobiernos o por organismos oficiales, y la deuda con bancos comerciales. Los escalonamientos de la deuda oficial se gestionan generalmente por intermedio de «clubes de acreedores», de los cuales el Club de París es el más conocido. A veces, la deuda oficial también es renegociada a través de consorcios de ayuda, según procedimientos parecidos a los de los clubes de acreedores. La deuda con bancos comerciales es renegociada según convenios particulares (ad hoc), en los cuales intervienen grandes grupos, y a menudo variables de bancos de crédito.

[b]La deuda de la banca comercial[/b]

Los créditos de los bancos comerciales se han vuelto una fuente importante de financiamiento externo para muchos países. A diferencia de las renegociaciones de la deuda oficial, las de los bancos comerciales no tienen un marco de labores comparable al Club de París, si bien existen ciertas modalidades y procedimientos entre banqueros y sus países deudores. Los bancos acreedores tienen acuerdos ad hoc para cada ejercicio reescalonado, en los cuales intervienen a menudo mas de 1,000 bancos de diferentes países, con varios bancos «directivos» (que suelen ser los principales prestamistas) encargados de guiar el proceso de negociación. Otra diferencia entre los acuerdos con la banca comercial y los del Club de París es la que se relaciona con la ejecución de los mismos. Los acuerdos del Club de París se logran con relativa prontitud pero su ejecución lleva cierto periodo de tiempo mientras se firman los acuerdos bilaterales separados. Los acuerdos de la banca comercial toman a veces largo tiempo de negociación pero pueden ser puestos en ejecución con bastante rapidez una vez que se cumplen las condiciones básicas.

La mayoría de los acuerdos de reescalonamiento comercial abarcan obligaciones a mediano plazo del sector público en los países deudores y que estén cubiertas por garantías oficiales en los países sede de los bancos acreedores. En ciertos casos, las negociaciones también abarcan deuda a largo plazo, ya sea mediante reescalonamiento o refinanciamiento de obligaciones anteriores, aunque muchas veces no haya un acuerdo general sobre la inclusión de créditos interbancarios en el acuerdo de reescalonamiento. En otros casos, los acuerdos buscan reestructurar los atrasos en las obligaciones del servicio de la deuda. La diversidad de tratamiento acordado a diferentes tipos de deuda con la banca comercial, así como también la forma de los acuerdos finales de reestructuración de la deuda, pueden indicar la compleja naturaleza de la deuda con la banca comercial y sus procedimientos de reescalonamiento.

Si siempre hay que destacar dos principios básicos en los cuales se fundamentan los reescalonamientos de la banca comercial. Primero, el grupo de los bancos acreedores conviene en adoptar un enfoque común. Es decir, que si alguno de los bancos del grupo de acreedores infringe las condiciones del acuerdo tratando de buscar la restitución bilateral de sus préstamos, entonces, en virtud de una «cláusula de incumplimiento cruzada», el resto de los bancos no están obligados a ceñirse al acuerdo común logrado con el país deudor. Segundo (con ciertas excepciones), el pago de intereses de los bancos comerciales debe continuar, aún en el caso en que la deuda principal se esté reestructurando; en general, los atrasos de intereses deben ser liquidados antes de que se firme el acuerdo de reescalonamiento.

En general, las condiciones de los reescalonamientos de la banca comercial comprenden cinco características: (1) los préstamos que se vencen en los dos años próximos, con una moratoria más breve sobre atrasos; (2) el 80% (aunque menos en algunos casos) de la deuda vencida durante el periodo de consolidación, y en ciertos casos el monto total; (3) las tasas de interés que se consideran está referida a la tasa interbancaria de Londres (LIBOR) a seis meses para el dólar de EE.UU. o al tipo preferencial de EE.UU. (en el caso de la deuda denominada en dólares); (4) un derecho de refinanciamiento o de reescalonamiento de cuantía variable; y (5) los bancos casi siempre exigen a los países deudores tener un programa de ajuste con el FMI antes de que comiencen las negociaciones, o bien antes de que termine el periodo de consolidación.

La razón fundamental para el reescalonamiento de una deuda es dar tiempo a los resultados: en casos en que el problema de la deuda se deba a una penuria temporal de divisas, el reescalonamiento da tiempo para que mejore la balanza de pagos; en casos en que el problema sea más fundamental, el reescalonamiento alivia la carga del país y le da tiempo para que se tomen medidas correctivas apropiadas para mejorar la balanza de pagos. En éste último caso es importante reconocer que el reescalonamiento no es una panacea y que no puede operar aisladamente: solo puede tener éxito si esta acompañado de medidas que resuelvan los problemas económicos fundamentales del país que busca la reprogramación de sus pagos.

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