Cómo sustituir un candidato

Cómo sustituir un candidato

Gran “dolor de cabeza” ha generado en los partidos políticos la conformación de las boletas municipales y de los diputados.
En muchos casos el Tribunal Superior Electoral ha modificado la composición de la propuesta original imponiendo candidatos que los partidos se empeñan en sustituir por diversas razones, siendo las más frecuentes: compromisos derivados de alianzas; impopularidad de los nominados; cuota de las mujeres Etc. Sin embargo, deben enfrentar la limitación legal de que un candidadto escogido por una de las modalidades legales no puede ser sustituido por ningún órgano del partido, salvo casos de renuncia, muerte, o incapacidad sobrevenida.
Sólo en los casos enunciados y en ningún otro, el partido tendrá potestad para sustituir un candidato legítimamente escogido, lo cual hará a través del organismo que indique su estatuto. Es distinto cuando se trata de puestos reservados, en cuyo caso el partido dispondrá libremente de tales candidaturas.
Si un candidato es sustituido cumpliendo con los requisitos legales antes señalados cuando ya se haya iniciado la impresión de las boletas, los votos emitidos en favor del excluido se le computarán al sustituto, aún cuando su nombre no aparezca en la boleta.
De lo anterior se desprende que un candidato puede ser sustituido en cualquier momento siempre que sea por una de las razones que indica la ley, siguiendo sus procedimientos. Esta posibilidad es común para todos los niveles, lo cual implica que si un candidato presidencial reuncia, se enferma o se declara su incapacidad legal, puede aparecer otro nombre en su lugar o los votos pueden tener otro destinatario.

Vale la pena aclarar que la ley sólo hace referencia a la incapacidad legal no a la intelectual y la misma debe ser judicialmente declarada, jamás presumida. En estos casos la apariencia no cuenta.

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