¿Cómo?

¿Cómo?

El Seguro Familiar de Salud (SFS) no solo se caracteriza por las abundantes controversias en torno a aspectos tan importantes como los honorarios médicos, sino porque además es una reivindicación cargada de confusiones y falta de información.

La mayoría de los «beneficiarios» de este seguro desconoce cómo deberá proceder para lograr asistencia médica a partir de que Gobierno y médicos armonicen sus intereses.

Si bien es plausible que el Gobierno haya asumido la responsabilidad unilateral de poner este seguro en vigencia, es innegable que hay muchos puntos oscuros que mantienen a la gente llena de confusión y dudas.

Mucha gente que actualmente está sometida a tratamiento permanente por diabetes, hipertensión, problemas renales, cardíovasculares o cualquier otra patología, acude con regularidad a su especialista para chequeos rutinarios. ¿Cómo cambiarán las cosas para estos pacientes, en términos de atención y de tarifas, cuando empiece la fase asistencial del SFS?

En el régimen contributivo, que es la parte que ha entrado en vigencia desde el Día Internacional del Trabajo, también los asegurados se hacen interrogantes con mucho asidero.

¿Cómo se aplicará el régimen contributivo para las familias en las cuales el padre y la madre trabajan en lugares distintos y tienen seguros médicos en los que están incluidos sus hijos; se obligaría en este caso a doble contribución o se unificarían los seguros?

Las autoridades tienen que desarrollar campañas permanentes de orientación para que los beneficiarios del SFS sepan a qué atenerse y en qué medida cambiarán las cosas para sus casos particulares.

La gente común percibe que el SFS, en la forma que ha sido concebido en sus aspectos contributivo y asistencial, terminaría perjudicando sus intereses económicos y de salud.

Evitemos que esto sea ciertamente así.

El accidentado curso del juicio por el asesinato de la estudiante Vanessa Ramírez Faña nos da una fea señal de lo que está ocurriendo con la aplicación del Código Procesal Penal.

A pesar de que el 13 de abril pasado el Segundo Tribunal Colegiado del departamento judicial de Santiago pidió mediante sentencia que la Dirección Nacional de Defensoría Pública sustituyera los abogados defensores de dos de los inculpados, todavía el martes al mediodía no se había cumplido ese procedimiento.

La consecuencia inmediata de esta aparente omisión fue el reenvío de la audiencia para el 14 de este mes.

Por coincidencia o por lo que sea, esto se produce cuando está por concluir el plazo de ley para mantener a los inculpados en prisión y, por lo tanto, habría que dejarlos en libertad. El resto es ya historia patria harto conocida.

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