La Superintendencia de Bancos es la responsable de supervisar las entidades de intermediación financiera del país.
Debe conciliarse necesidad de mantener la solvencia y estabilidad del sistema financiero con el objetivo de garantizar servicios competitivos en la banca
En medio de un proceso de digitalización y de una creciente necesidad de realizar grandes inversiones en plataformas tecnológicas para prevenir los ataques cibernéticos, el proceso de concentración bancaria en la República Dominicana, como en otras partes del mundo, en vez de disminuir tiende a fortalecerse.
En el caso de la República Dominicana, los últimos datos oficiales revelan que solo tres entidades financieras concentran el 70 por ciento de los activos de todo el sistema financiero.
A pesar de la concentración, la competencia entre los actores del sistema no ha sido sacrificada, aunque debe ser estimulada y fortalecida, en beneficio de los usuarios del sistema financiero, sin afectar la solvencia y estabilidad del sistema financiero.
La mejor normativa para el sistema es la que alcance un punto de equilibrio entre esos dos objetivos, que es lo que más conviene a los usuarios del sistema financiero y a la economía en su conjunto, porque así como no es conveniente que la necesidad de mantener la solvencia y estabilidad del sistema financiero sacrifique la competencia, también lo es que el objetivo de garantizar servicios competitivos tampoco lo es que eso impida la adopción de decisiones importantes para la estabilidad y solvencia del sistema financiero, como podría ser la autorización de determinadas fusiones bancarias.
Aunque hay que aclarar que el tamaño del intermediario no asegura por sí solo el garantizar la solvencia y estabilidad, y en República Dominicana se han producido casos que resultaron muy dolorosos para la sociedad y que así lo confirman.
O sea, el aumento del tamaño de los intermediarios no es garantía de que esa condición repercutiría positivamente en su capacidad de gestión y en sus niveles de rentabilidad y eficiencia a través de la consecución de economías de escala y de alcance.
Por eso debe asegurarse que las regulaciones bancarias se sometan a procedimientos administrativos que aseguren el efecto de la transacción en el bienestar del consumidor, evitando dejar pasar fusiones que puedan generar restricciones a la competencia y que con el tiempo resulten nocivas para los usuarios de los servicios financieros.
Sin un estudio previo de la contribución a la eficiencia de una propuesta de fusión bancaria, esta no debe ser autorizada, y los reguladores en el país parece que así lo han entendido.
Así lo establecen el Código Monetario y Financiero y la Constitución de la República, la cual estipula que el Estado favorece y vela por la competencia libre y leal y adoptará las medidas que fueren necesarias para evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio.