HIGÜEY. La Junta Central Electoral (JCE) fue condenada al pago de cinco millones de pesos en favor de un ex-empleado por los daños y perjuicios que le causó por la no inscripción en el Sistema de la Seguridad Social.
De conformidad con la sentencia número 1882014, dictada en fecha 28 del pasado mes de julio, por el juzgado de paz de este municipio, el organismo electoral deberá pagar también una multa de 50 salarios mínimos establecidos por la ley, que es de siete mil 583 pesos mensuales, como justo pago por los derechos adquiridos por el señor Rodolfo Núñez de Jesús.
El juez Domingo Antonio Guerrero, acogió como buena y valida la demanda civil en Reparación de Daños y Perjuicios por la no inscripción en el Sistema de la Seguridad Social incoada por el ex-empleado de la Oficialía del Estado Civil de aquí, el cual presenta deformidad en forma de garra en las articulaciones de ambas manos.
La sentencia condena a la JCE, representada por su presidente, Roberto Rosario Márquez, al pago de un ascendente de 10 mil pesos diarios a favor del demandante, por cada día dejado de pagar a partir de la notificación de la misma
El alto tribunal electoral está acusado de violar la Ley 87-01, Sobre Seguridad Social; el artículo 60 de la Constitución de la República; varios artículos del Código Civil y del Código de Trabajo, así como el Seguro de Riesgos Laborales, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de los Derechos Humanos.
Originalmente, la demanda del ex-empleado Rodolfo Núñez de Jesús fue incoada por ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el 14 de noviembre de 2012, pero ésta emitió la Resolución número 1509—2014, de fecha 20 de marzo de 2014, declarando su incompetencia para conocerla y desapoderándose de la misma.