POR TANIA HIDALGO
El Estado fue condenado al pago de una indemnización equivalente a 324 días del sueldo base de un juez de Primera Instancia a favor de siete personas, quienes tras permanecer en prisión preventiva durante 12 meses, se determinó que no tenían ninguna implicación en el caso por el cual fueron sometidos a la justicia.
Los jueces devengan un sueldo de RD$70 mil mensuales. La decisión fue tomada por el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional que preside el magistrado Antonio Sánchez Mejìa y que integran además Pilar Rufino y Yisselle Mèndez, en virtud de los artículos 256 y 257 del Código Procesal Penal.
De acuerdo a esta nueva normativa corresponde esta indemnización «cuando se declare que el hecho imputado no existe, no reviste carácter penal o no se compruebe la participación del imputado, y éste ha sufrido prisión preventiva o arresto domiciliario durante el proceso».
La sentencia favoreció a Víctor Antonio Guzmán, Ramón Gregorio Almonte, Julio César Cruz, Juan Estefan Acosta, José Gabriel Vólquez, Angel Severino Espinal y Andrés José Reyes.
El grupo fue apresado por la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) en junio de 2006. El tribunal ordenó el cese de la medida de coerción impuesta el 29 de junio de 2006 por el Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional y, en consecuencia ordenó su inmediata puesta en libertad.
La sentencia fue emitida, luego de que el Ministerio Público retirara la acusación por insuficiencia de pruebas y en aplicación a las disposiciones del artículo 337 del Código Procesal Penal, «por lo que se descarga al grupo de toda responsabilidad penal».
Esta es una de las primeras sentencias en la que se condena al Estado al pago de indemnización en cumplimiento a la nueva normativa.