Condenan empresario artístico por violar derecho de autor

Condenan empresario artístico por violar derecho de autor

Con la sentencia Civil No. 038 2003 02243, dictada por el juez de la Quinta Cámara de lo Civil y Comercial, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, doctor Matías Modesto del Rosario (hijo), fue condenado por violación al derecho de autor el empresario artístico Alejandro Jovine.

Según nota enviada por Frantoni Santana, presidente de la Sociedad General de Autores de Música, el empresario Alejandro Jovine, en franca violación a la ley 65 00 se había negado a liquidar el derecho de autor correspondiente a los espectáculos musicales que bajo su responsabilidad escenificó Raphael de España, los días 12 y 14 de junio de 2002 en el Teatro Nacional y en el Gran Teatro del Cibao.

Refiere Santana que las obras interpretadas por el cantante ibérico, unas cuarenta en total, especialmente de los autores Manuel Alejandro y José Luis Perales, son canciones administradas por la Sociedad General de Autores de España, (SGAE) la cual, al igual que muchas otras importantes sociedades de autores del mundo, ha dado mandato a SGACEDOM para que proteja los derechos de autor de sus titulares en el territorio de la República Dominicana.

Explica el presidente de la entidad autoral, que a pesar de que SGACEDOM requirió por distintas vías, de manera amigable, el pago correspondiente por derecho de autor, el empresario Alejandro Jovine se negó a obtemperar y en vez de cumplir con las normas vigentes, lo que hizo fue poner en duda la legitimidad jurídica y de representación de SGACEDOM.

Frantoni Santana advierte que de igual modo sucederá con todo empresario que no cumpla con el derecho de autor, especialmente con los que ya han sido llevados a los tribunales, puesto que los reclamos que hacen están perfectamente basados en los principios legales, por lo que los jueces de la República están muy al tanto de los procedimientos de la legislación autoral, lo que significa que ningún infractor podrá evadir la justicia.

Por ello recomienda a todo el que utiliza música, como son los casos de usuarios de tiendas, almacenes, supermercados, discotecas, bares, restaurantes colmados, supercolmados, televisoras normales y por cable, radiodifusoras, hoteles, casinos, moteles, compañías telefónicas, bancos y cualquier persona que dentro de un ámbito comercial la utilice sin la debida autorización, que se acerquen a las oficina de SGACEDOM para que regularicen su situación.

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