Congreso abocado a despejar incógnitas previo inicio período

Congreso abocado a despejar incógnitas previo inicio período

 El proceso previo al inicio del período excepcional de seis años de legisladores y ediles, tiene aún que despejar incógnitas, entre las que figuran si los funcionarios electos presentarán o no sus declaraciones juradas de bienes antes de juramentarse, si se producirá  la cuarta renuncia consecutiva del senador  por La Altagracia, Amable Aristy Castro, y, además, conocer la terna para sustituir al fallecido senador de El Seibo, Manuel Jacobo.

 Hasta el día de  ayer ninguno de los 32 senadores había presentado su declaración jurada de bienes, pese a que desde el pasado 30 de julio la Secretaría General Legislativa les advirtió sobre este requisito para juramentarse.

Indispensable.  El documento resalta que es “condición indispensable”, conforme lo establece la Constitución de la República y los reglamentos internos del Senado, que los senadores, como los diputados, deben cumplir con el señalado  requisito.

 La advertencia del organismo de la cámara alta se fundamenta en el numeral 3 del artículo 146 de la Carta Magna, que reza:

 “Es obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto por la ley, la declaración jurada de bienes de las y los funcionarios públicos, a quienes corresponde siempre probar el origen de sus bienes, antes y después de haber finalizado sus funciones o a requerimiento de autoridad competente”.

Aristy Castro.   También está por verse la decisión que tomará el senador electo por La Altagracia, Aristy Castro, el cual ha dejado entrever que se quedaría en su puesto de secretario general de la Liga Municipal Dominicana (LMD) hasta concluir su mandato el 26 de enero próximo, para lo cual, según los expertos, tendría que renunciar a la curul.

 Además de que la ley sustantiva de la nación dispone que los legisladores deben asistir a las sesiones y acogerse a las disposiciones de las cámaras a las que pertenezcan, so pena de sanciones que contemplan, incluso, el juicio político, los reglamentos del Senado otorgan un plazo máximo para juramentarse de 90 días, pero sólo “por razones de fuerza mayor”.

Terna.  Otra incógnita a despejar es la sustitución del senador electo de El Seibo,  Manuel Jacobo, el cual falleció de un infarto el 4 de julio pasado, en la ciudad de Miami, donde había sido trasladado por quebrantos de salud.

Para llenar la curul, conforme al numeral uno del artículo 77 de la Constitución, el organismo superior del partido que lo postuló, el de la Liberación Dominicana (PLD), deberá presentar ante el Senado una terna, de la cual el pleno del organismo legislativo escogerá el sustituto.

El numeral 2 del mismo artículo dispone que sometida la terna, la cámara escogerá el sustituto dentro de 30 días y advierte que, transcurrido el plazo, la cámara hará la elección.

Las claves

1.  Legisladores no han hecho declaración jurada

Hasta el día de ayer, ninguno de los 32 senadores había presentado su declaración jurada de bienes, requisito considerado indispensable para la juramentación el próximo lunes 16 de este mes.

 2.  Certificado JCE

 Además de la declaración jurada, senadores y diputados deberán presentar el día de la juramentación su certificado de elección emitido por la Junta Central Electoral (JCE).

3.  Seis años

Excepcionalmente, los senadores, diputados, alcaldes y regidores, se juramentarán por seis años, según una disposición transitoria de la Constitución, a fin de unir las elecciones presidenciales con la congresual y municipales en el  2016.

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