Conocen hoy pedido libertad Báez Figueroa

Conocen hoy pedido libertad Báez Figueroa

El juez del Séptimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Eduardo Sánchez Ortiz, conocerá hoy a las 10:00 de la mañana en vista pública la solicitud de libertad provisional bajo fianza interpuesta a favor los dos principales ejecutivos del Banco Intercontinental (BANINTER), presos por un presunto fraude de 55 mil millones de pesos en esa entidad bancaria.

La vista en la que se conocerá la prestación de fianza en favor de Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez Cocco, se llevará a cabo en la Duodécima Sala Penal, ubicada en la tercera planta del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

El magistrado Sánchez Ortiz ordenó la comparecencia al tribunal de los banqueros, presos en la cárcel de Najayo, San Cristóbal a fin de conocer la solicitud en presencia de sus abogados defensores, los abogados del Banco Central y la Superintendencia de Bancos, así como de un representante del Ministerio Público.

La instancia a favor de los banqueros fue presentada por los doctores Marino Vinicio Castillo (Vincho), Vinicio Castillo Semán, Juárez Castillo Semán, Juan Antonio Delgado y Rafael Cáceres Rodríguez, tal como lo establece la resolución 19 20 dictada por la Suprema Corte de Justicia, que ordena la vigencia inmediata de una serie de garantías procesales en favor de los acusados en el proceso de instrucción.

Sin embargo, los abogados del Estado, Ramón Pina Acevedo, Artagnan Pérez Méndez, Jorge Luis Polanco, Carlos Salcedo y José Lorenzo Fermín presentaron al juez una instancia en oposición a la prestación de fianza en favor de Báez Figueroa y Báez Cocco.

Los abogados piden declarar inadmisible la presente solicitud por ser ilegal, ya que está prohibida por el artículo 30 de la ley 72 02, sobre lavado de activos, además de que existen razones poderosas para no concederla.

De su lado, los abogados de Báez Figueroa y Báez Cocco sostienen que sus representados llevan más de seis meses guardando prisión preventiva, en violación al principio que establece que los procesos judiciales deben ser conocidos sin dilaciones indebidas, contemplado en el nuevo Código Procesal Penal.

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