Conocerán Recurso Amparo de 33 empresas de Herrera

Conocerán Recurso Amparo de 33 empresas de Herrera

El Tribunal Contencioso y Administrativo fijó para este lunes 23 de abril, a las diez de la mañana, el conocimiento del recurso de amparo elevado por 33 empresas de Santo Domingo Este, afectadas por una resolución del ayuntamiento que persigue cobrar un centavo por cada peso vendido.

El citado arbitrio –enviado a una comisión de estudio de la Sala Capitular- fue concebido para fabricantes y/o distribuidoras de cervezas, hormigones, plásticos, productos químicos y farmacéuticos establecidos en el municipio.

El inicio del proceso –para el que fueron notificadas las autoridades municipales de Santo Domingo Este – tendrá lugar en la sala de audiencias de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo, en la calle Presidente Vásquez número 23, del Ensanche Ozama.

La Asociación de Empresas Industriales de Herrera (AEIH) había solicitado a la corporación edilicia anular la resolución, habida cuenta de que la misma viola la Constitución de la República al arrogarse atribuciones del Congreso en la creación de impuestos.

Sin embargo, la Sala Capitular del Ayuntamiento de Santo Domingo Este decidió enviar el arbitrio a comisión de estudios, por lo que las empresas afectadas no tuvieron otra opción que elevar definitivamente un recurso de amparo para que sea suspendida la medida municipal, que consideran ilegal y violatoria de la Constitución de la República, ya que se trata del establecimiento de impuesto que es materia del Congreso Nacional.

“En la Resolución aprobada por el Ayuntamiento de Santo Domingo Oeste que crea este nuevo arbitrio no se ha tomado en cuenta la finalidad para la cual deben crearse los arbitrios. Lejos de recaer sobre la prestación de un servicio o el uso de bienes municipales, este arbitrio recae sobre la venta general de ciertos productos, sin importar que la misma se realice dentro o fuera del municipio”, puntualizó.

La AEIH reconoció el derecho que tienen los cabildos a establecer arbitrios, como contraprestación por servicios municipales, que no es el caso de la resolución 21-07, de fecha 15 de marzo del 2007, que establece ilegalmente una carga impositiva a las ventas.

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