Consejo Nacional de Educación aprueba calendario escolar

Consejo Nacional de Educación aprueba calendario escolar

El Consejo Nacional de Educación (CNE) informó que aprobó el calendario escolar que regulará las actividades docentes y administrativas en los centros educativos públicos y privados durante el año escolar 2021-2022.

Al respecto, el ministro de Educación, Roberto Fulcar, explicó que las actividades docentes tendrán una duración de 44 semanas, iniciando el 1 de septiembre y concluyen el 29 de julio, mientras que para los estudiantes comienzan el 20 de septiembre y terminan el 22 de julio, con una duración de 40 semanas.

Fulcar precisó que el cálculo oficial de horas por año se considera un mínimo a garantizar, y en ese sentido “las horas o días no impartidos serán compensados o recuperados por los centros educativos, de acuerdo con los criterios y procedimientos establecidos en los artículos 37 y 38 de la Orden Departamental 09-2009”.

Dijo que los centros educativos pueden ofertar un horario más extenso al oficialmente establecido, de acuerdo con sus posibilidades, a las características de los estudiantes y del programa académico que ofrecen.

El ministro señaló que en el calendario se establecen fechas y actividades relevantes, dirigidas a los miembros de la comunidad educativa nacional, destacándose las curriculares orientadas a promover una formación integral y aprendizajes significativos.

Además, las organizativas y formativas de las instancias del sistema educativo, dirigidas a docentes, personal técnico y administrativo, y familias de los estudiantes, y las conmemorativas de efemérides nacionales e internacionales, incluyendo las que el calendario nacional establece como no laborables, las cuales se vincularán con los aprendizajes curriculares, de acuerdo a su significado y trascendencia.

Señaló que el CNE también aprobó que ninguna instancia o institución descentralizada del Ministerio de Educación puede suspender la docencia para realizar actividad alguna. Agregó que en caso de una situación extrema previsible que amerite suspensión, esta deberá estar avalada por el superior inmediato, quien ponderará su pertinencia, en consulta por los canales institucionales, salvo situaciones imprevistas de inminente peligro o amenaza, que pongan en juego la integridad física de la comunidad educativa.

“La realización de actividades legítimamente dirigidas a docentes, estudiantes, o sus familias, durante el horario de docencia establecido, que no se hayan publicado en el Calendario Escolar, deberá ser coordinada, con la debida antelación, con el viceministerio de Servicios Técnicos y Pedagógicos”.

“Las actividades destinadas a fortalecer temas priorizados por el currículo, tales como democracia y ciudadanía, identidad socio cultural, salud, cuidado del medio ambiente, gestión de riesgos, igualdad de oportunidades, artes, educación vial, cátedra ciudadana, entre otros, como parte del desarrollo integral de los estudiantes, deben formar parte de los procesos curriculares, durante la docencia regular”, enfatizó.

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