El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó la normativa que regula la entrega de pensiones por Riesgos Laborales.
La decisión se tomó mediante la resolución número 525-04, la cual dejó aprobada la “Normativa que regula el procedimiento para el otorgamiento de las indemnizaciones, pensiones y gastos fúnebres” del Seguro de Riesgos Laborales (SRL).
Luego de una serie de reuniones de las Comisiones Permanentes de Reglamentos y Riesgos Laborales del CNSS y de escuchar las propuestas de los representantes de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), así como del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), se reglamentó la aplicación de estas prestaciones dispuestas para el Seguro de Riesgos Laborales (SRL), en cumplimiento a lo establecido en el párrafo II, del artículo 32 de la Ley 397-19.
La citada Ley 397-19, que crea el IDOPPRIL, contempla la ampliación de los beneficios económicos del Seguro de Riesgos Laborales, y con la aprobación de esta normativa se regula el otorgamiento de dichas prestaciones a sus beneficiarios con carácter retroactivo desde el 3 de octubre del 2019.
La normativa establece que los trabajadores afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social que sufran una discapacidad igual o superior a un 5% e igual o inferior a un 49%, como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, tendrán derecho a una indemnización, pensión a sobrevivientes del trabajador y el pensionado
En caso de fallecimiento del trabajador como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, la esposa, esposo o compañero de vida e hijos menores de 18 años o menores de 21 años, si fueren estudiantes, o sin límite de edad, en caso de discapacidad total, recibirán el 100% de una pensión para los sobrevivientes, del salario cotizable de los últimos dos años del afiliado al Seguro de Riesgos Laborales que fallezca.
Esta pensión se distribuirá de la siguiente manera: un 50% para el cónyuge o compañero de vida y el otro 50% para los hijos, distribuida en partes iguales.
Se trata de decisiones adoptadas al amparo en las leyes.