Consideran ilegales multas AMET

Consideran ilegales multas AMET

Cuatro abogados, dos jueces de tránsito y el consultor Jurídico del poder Ejecutivo plantearon ayer que es “ilegal e inconstitucional” el aumento en el monto de las multas que por infracciones al tránsito dispuso la secretaría de Obras Públicas mediante la resolución 01-2003.

Los abogados Ivelisse Fermín Boitel, Agustín Abreu, José Sosa Vásquez y los dos jueces, los que pidieron que sus nombres no se divulgaron, coincidieron que las multas por violaciones a la ley 241 sobre tránsito de vehículos tienen que ser dispuesta por otra ley, y por tanto requieren la sanción del Congreso Nacional.

En la mañana de ayer, el consultor Jurídico del poder Ejecutivo, Guido Gómez Mazara, afirmó ayer que Obras Públicas carece de facultad disponer un aumento en las multas.

Gómez Mazara recomendó a los conductores que se les apliquen contravenciones basadas en esa resolución que únicamente paguen lo que establece la Ley 241.

«Lo que tienen que hacer es darle fiel cumplimiento al mandato de la ley,» dijo Gómez Mazara.

Sin embargo, la secretaría de Obras Públicas dijo en la tarde de ayer que fue el presidente Hipólito Mejía quien firmó el decreto 794-03, que les entregó la consultoría Jurídica del poder Ejecutivo. Ese decreto creó la comisión que elaboró el nuevo régimen de las multas de tránsito. La entidad indicó que el decreto fue firmado el 19 de agosto del 2003 y que el nuevo régimen de las multas será provisional, tal y como lo establece el artículo tres del decreto, hasta que el Congreso Nacional apruebe el proyecto de reforma a la Ley 241.

El artículo uno del decreto establece que la comisión que autoriza el cobro de las multas por violación al tránsito la conforman los secretarios de Obras Públicas y de Finanzas, así como el director de AMET y que el organismo tendrá calidad para ajustar, variar o modificar el importe de las multas cuantas veces sea necesario.

En tanto, Abreu explicó que con esta decisión el Presidente se exponen a un juicio político.

Afirmó que el Poder Ejecutivo, encabezado por el presidente Hipólito Mejía, al violar la Constitución, puede ser sometido a un juicio político, primero juzgado en el Congreso, donde se determinaría la irregularidad cometida y luego ser procesado en la Suprema Corte.

Sostuvo que el gobierno o cualquier persona que viole una ley debe ser sancionado.

Opinó que además la resolución de Obras Públicas restringe los derechos de los conductores cuando les prohíbe que comparezca ante el juez en busca de descargo y en cambio dispone que se pague la multa en el Banco de Reservas.

Fermín Boitel dijo que la resolución es inconstitucional, porque un decreto no puede contradecir la Ley.

De su lado, Sosa Vásquez expresó que el gobierno no puede aumentar administrativamente las multas, ni ninguna institución puede ordenar impuestos, porque esa es función del Congreso.

La resolución que fue emitida el pasado 20 de diciembre establece aumentos de 500% y 1,000% en las multas previstas en la ley 241.

[b]MÁS IMPUESTOS[/b]

Sosa Vásquez dijo que también la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) aumentó de RD$126 a RD$180 los impuestos de los recibos que utilizan los abogados para tramitar procesos judiciales, como copias de sentencias y pago de multas.

Indicó que fueron aumentados también los recibos que antes costaban RD$10 y RD$30.

Manifestó que se enteró que los impuestos fueron elevados alegadamente para el gobierno reajustar el salario de los médicos.

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