Constitución garantiza la libertad de expresión

Constitución garantiza la libertad de expresión

La Asamblea Revisora aprobó anoche la libertad de expresión sin censura previa, el secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista y el acceso, equitativo y plural, de todos los sectores sociales y políticos a los medios de comunicación del Estado.

La aprobación, en primera lectura, del artículo 40 de la propuesta de reforma a la Constitución, se hizo con las enmiendas introducidas por la comisión que lo estudió.

“Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa”, expresa la parte capital del artículo 40.

Su numeral 3 dispone que el secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista están protegidos por la Constitución y las leyes.

El numeral 2 establece que todos los medios de información tienen libre acceso a las fuentes noticiosas oficiales y privadas de interés público de conformidad con la ley.

Réplica. Según el numeral 4 del citado artículo, “toda persona tiene derecho a la réplica y rectificación cuando se sienta lesionada por informaciones difundidas. Este derecho -agrega- se ejercerá de conformidad con la ley”.

 El numeral 1 establece que toda persona tiene derecho a la información.

“Este derecho -precisa- comprende el poder recibir, buscar, investigar y difundir, todo tipo de información de carácter público por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley”.

El informe fue defendido por Elpidio Báez, Marino Mendoza y Lidio Cadet y atacado duramente por José Ricardo Taveras, Modesto Díaz, María Matos y Karen Ricardo, quien advirtió sobre la promoción de falsos valores, falsa moral y el peligro de la difamación.

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