Consultorio Ecológico

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P. Profesor, la nueva agresión contra el Monumento Natural Lagunas Cabarete y Goleta es una pista de 6 metros de ancho en plena área protegida ¿por qué las autoridades no aplican los mandatos de la Ley 202-04 contra los infractores?

R. Yo tampoco lo entiendo y en mis reflexiones me pregunto, ¿será que la Ley Sectorial sobre Áreas Protegidas no tiene suficiente fuerza para garantizar la integridad de los parques nacionales ni las demás reservas equivalentes?

Pero lo más grave de este caso es que cuando indagamos sobre la veracidad de esta nueva violación del Área Protegida del Monumento Natural Lagunas Cabarete y Goleta…, nos percatamos del embrollo, pues aparentemente la base para cometer este nuevo atentado contra el patrimonio común de los dominicanos, se sustenta en una licencia ambiental otorgada tres años atrás para otros fines, pero en territorios del área protegida.

Dice el documento l otorgado por las autoridades de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

“La empresa promotora Constructora Cabarete Vento Mare, S.A, (proyecto Seawinds) garantizará la protección y preservación del humedal y la laguna de Cabarete, en condiciones naturales; no se construirá ningún tipo de edificación sobre el humedal, de manera que se permita el correcto flujo de agua, ademas no rellenará, ni se depositarán escombros y/o materiales de construcción en esa área”.

Y agrega: “La empresa promotora Constructora Cabarete Vento Mare, S.A, implementará todas las medidas necesarias, dirigidas a preservar y proteger los ecosistemas representados por el área protegida de la Laguna de Cabarete, contenidos en la ley sectorial no 202-04 de áreas protegidas”.

Lamentablemente eso huele a complicidad, pues esas disposiciones son un ardid para engañar a despistados o desconocedores de que esta licencia, en realidad, está promoviendo el delito, por dos razones elementales:

1.- Es al Ministerio a quién corresponde aplicar tales regulaciones y el cumplimiento de la Ley Sectorial N° 202-04 sobre Áreas Protegidas y no a la empresa beneficiaria de un proyecto que a todas luces impactará negativamente el Monumento Natural.

2.- Cuando se trata de grandes proyectos turísticos, después que el daño se ha hecho contra un área protegida, el mismo casi siempre se apaña o se le busca una salida salomónica, con una multa a los infractores, quienes ya la han agregado al costo global del mismo. Es una pena que ni siquiera se guarden las apariencias.

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