CONSULTORIO LABORAL

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Especialista en derecho laboral
1. ¿Durante qué tiempo puede una empresa alegar pérdidas en su ejercicio y con esto negarle el pago de bonificaciones a sus empleados?

No hay un límite de tiempo para esto. No obstante, si usted tiene dudas sobre la veracidad de las declaraciones que está haciendo su empleador, usted podría solicitar la intervención de la SET bajo la forma señalada en el Art. 225 del CT, o sino hacerlo directamente en la forma que se indica en el Art. 202 del CT.

2. Quiero saber si un maestro del sector publico renuncia ¿tiene derecho a recibir prestaciones laborales?

En principio, un maestro en el sector público tiene algo más que prestaciones laborales: Goza de estabilidad en el empleo, esto quiere decir que no puede ser removido del cargo a menos que haya cometido una de las faltas previstas en la ley (Párr. II Art. 94, Ley 41-08). Esto es así, a condición de que el maestro sea “de carrera”.

La Ley 41-08 hace una distinción entre carreras administrativas generales y carreras administrativas especiales (Arts. 5 y 6, Ley 41-08). Esa ley señala las carreras administrativas que se considerarán especiales, indicando que se trata de las carreras docente,  diplomática y consular, sanitaria y la del Ministerio Público (Párr. I de Art. 6, Ley 41-08).

En ese sentido, el maestro, que es una labor docente, cae en la categoría de “carrera administrativa especial”

De todos modos, la misma ley aclara que para ser funcionario “de carrera” tiene que haber llegado al cargo mediante concurso público (Arts. 22 y 23, Ley 41-08).

Le sugiero indagar más sobre este nuevo estatus legal acudiendo a la Secretaría de Estado de la Administración Pública o visitando a al portal de internet www.seap.gob.do.

3. Hola, mi pregunta trata de una señora de 61 años que labora en una zona franca, le descubrieron un cáncer vaginal y está de licencia recibiendo quimioterapia. Desde que salió de licencia no le han pagado ¿Es esto legal?

Sí, eso es legal; siempre y cuando el empleador la hubiese tenido afiliada a la seguridad social.  

4. Quisiera saber si un empleado que tiene un año en licencia médica lo pueden despedir en dicha licencia sin sus prestaciones

Si la incapacidad se prolonga por un año el contrato de trabajo termina. Así lo dispone el Art. 82 del CT, que establece también la obligación de pagar una asistencia económica.

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