CONSULTORIO LABORAL

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Especialista en derecho laboral
Sucede que mi hermano fue desahuciado, y cuando fue a retirar sus prestaciones leyó un descargo con un párrafo que decía «recibido conforme, por lo cual no tengo más nada que reclamar a mi ex- patrono…” Decidió no aceptar pues tenía pendientes salario de navidad, bonificación y horas extras; apoderó un abogado y se encontró con la sorpresa que la empresa argumentó que él había abandonado. ¡Oiga usted que acto de mala fe! Mi pregunta es ¿un abandono no debe ser formalizado (legalizado) ante la Secretaria de Trabajo por medio de escritos? En este caso no debe existir abandono porque no hubo tal abandono, ¿qué usted me dice?

Dígale al abogado de su hermano que consulte las siguientes jurisprudencias: 3° Cám. SCJ 21 Jun. 2000, B. J. 1075 y 3° Cám. SCJ 18 Ene. 2006, B. J. Vol. II, Pág. 952. De acuerdo con las mismas, si se produce un abandono, el empleador debe ejercer un despido en base a esa alegada falta en que incurrió el trabajador.

No basta comunicar al MT que se ha producido un abandono. Otra jurisprudencia que sería útil es aquella que dice: “Corresponde al empleador que alega que el trabajador hizo abandono de sus labores, someter la prueba de los hechos en que funda su aserto, pues todo aquel que alega un hecho a su favor en justicia, debe probarlo” (SCJ 21 Nov. 1966, B.J. 672, Pág. 2289).

Todo eso se lo indico para poder defenderse de la versión que da su ex empleador.

 Ahora bien, usted también tiene que ser activo, y procure llevar al tribunal al menos un testigo que demuestre que a usted lo cancelaron.

 También, no estaría de más que su abogado solicite al MT una certificación que de constancia acerca de si su ex empleador comunicó el desahucio que originalmente ejerció. Le digo esto por lo siguiente: Es muy probable que su ex empleador comunicó el desahucio al MT y luego lo llamó a Ud. a recibir las prestaciones dentro de los 10 días que dice la ley, pero cuando usted se negó, decidió comunicar al MT que usted abandonó, y esa es la única carta que está presentando ante el tribunal, e hizo eso pues si admite que es un desahucio, entonces se aplica a favor suyo un recargo diario de un día de salario por cada día de retardo en el pago de las prestaciones. 

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