CONSULTORIO LABORAL

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Especialista en derecho laboral
1. Si el trabajador trabaja medio día (una tanda de clases de 4 horas), ¿se debe pagar el equivalente a medio salario mínimo establecido por el CNS?

Sí, asimismo es pues el salario mínimo parte de la base de que la jornada es de 8 horas diarias, y si sólo se trabaja la mitad de ese tiempo, sólo se paga la mitad.

2. Una persona que preavisa  a la empresa y dura los 28 días del preaviso en la  empresa, ¿tiene derecho a recibir sus prestaciones laborales?

No, no tiene derecho a prestaciones, pues está renunciando al empleo. Lo que esa persona está haciendo es cumpliendo un deber legal que impone el Art. 79 del CT, que obliga a toda persona que ejerce un desahucio (sea un empleador, o sea un trabajador) a otorgar un preaviso a la otra parte.

3. Estoy embarazada y por ley me toca 3 meses de licencia, pero yo quiero dejar el trabajo después de cumplida la licencia, quiero saber si esto es incorrecto o si tengo derecho a renunciar en el periodo de licencia por ejemplo a los 2 meses.

Usted puede perfectamente, renunciar (ejercer el desahucio) antes o durante la licencia. El que está impedido de ejercer el desahucio es su empleador.

4. Administro un condominio que tiene 3 personas que se desempeñan como conserje/seguridad y trabajan en tres turnos rotativos. ¿Cómo debo pagarles el día cuando trabajan día feriado?

El Art. 258 del CT establece que: “no son domésticos los trabajadores al servicio del consorcio de propietarios de un condominio.” Eso quiere decir que se les paga igual que a un empleado al servicio de una empresa, o sea aumentado en un 100%

5. Mi hija se casa en el mes de diciembre y donde trabaja le están dando 3 días por motivo de su matrimonio, pero según el CT son 5 días. ¿Estos días son laborables o se incluyen  lo no laborables también?

Son 5 días, y no se añaden los días no laborables. Por ejemplo, si ella trabaja de lunes a sábado hasta el medio día, y se casa un domingo; ella tendría que ir a trabajar el sábado que sigue el domingo en que se casó.

6. Si un trabajador hay que liquidarlo y ha tenido diferentes salarios por 5 años ¿cuál salario aplica para calcularle las prestaciones laborales

El del último año.

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