CONSULTORIO LABORAL

CONSULTORIO LABORAL

Especialista en derecho laboral
1. Tengo 10 años trabajando en dos empresas educativas, una es un colegio y otra es un instituto. Nunca me han pagado bonificación pero ahora quisiera saber porqué no lo hacen si son empresas que dejan millones de pesos cada año. Por favor oriénteme para saber qué puedo hacer.

Usted tiene varias alternativas:

1) ponerle término a su contrato ejerciendo una dimisión, pero antes de hacerlo le sugiero dejar constancia de su reclamación por escrito, y si en unos 10 días no recibe respuesta, proceda con la dimisión antes de que transcurran 15 días desde la fecha de su reclamación. Para que todo le salga bien y evitar errores (citando artículos del CT, plazos, etc.) lo más conveniente es que un abogado le ayude con la dimisión;

2) si usted no quiere arriesgar su empleo, usted podría denunciar la situación ante la Secretaria de Trabajo y a la vez solicitar un inspector de trabajo (pidiéndole que no revele su nombre). Por lo general, luego que el inspector hace la visita le otorga a la empresa un plazo de 48 o 72 horas para que “resuelva la situación” (es decir, pague la bonificación a los empleados o en cambio demuestre que no obtuvo ganancias durante el año). Si la empresa no cumple, entonces es sometida penalmente y se abre un proceso judicial en su contra;

3) tra alternativa que usted tiene es solicitar al Director General de Trabajo, mediante una carta que en virtud de lo establecido en el Art. 225 del CT, verifique si la empresa obtuvo o no ganancias durante el último año. Esa solicitud es tramitada hacia la DGII, quien generalmente responde con una certificación que deja constancia de la cantidad de ganancias o pérdidas de la empresa. Toda esa gestión se hace administrativamente, y la empresa no se entera, de modo que su empleo no está en riesgo, y

4) una última alternativa que usted tiene es la prevista en el Art. 202 del CT, que le permite a cualquier empleado solicitar un revisión de los libros de contabilidad para confirmar si hubo beneficios, pero esa alternativa pone en riesgo su trabajo, pues probablemente cuando usted solicite eso la empresa lo desahuciará (inmediatamente, o sin son inteligentes, dejando pasar un par de meses).

Yo le recomiendo la opción No. 2, pues le permite conservar su empleo; y si no le importa ese empleo, entonces la opción No. 1 sería la recomendable.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas