CONSULTORIO LABORAL

CONSULTORIO LABORAL

Especialista en derecho laboral
Trabajo para una institución del Estado, en Santiago. Nos descuentan todos los meses 10% del salario devengado. No sé por qué concepto. Nos renuevan el contrato cada 3 meses. No gozamos de seguro social. No se paga doble sueldo completo; no bonificación; no vacaciones y otros derechos se violan. Fungimos como profesores de música y nos pagan por horas trabajadas. ¿En qué nos puede orientar al respecto? ¿A qué se refiere ese 10%, sino al seguro social? ¿Cómo hacer para que el salario sea el mismo todos los meses?, ¿cómo se calcula por ley las horas trabajadas, por 4 semanas o 4.3 semanas.

Si es una institución del Estado, que no tiene carácter comercial, financiero, industrial o de transporte, no debería aplicársele el Código de Trabajo, sino que cae dentro del régimen de la Ley 41-08 para instituciones oficiales. Si ese es el caso, quienes dirigen la institución deben dirigirse al Ministerio de la Administración Pública, para que ahí les definan su estatus, y si resulta que se les aplica la Ley 41-08, entonces deberán someterse a una serie de adecuaciones que le exigirá dicho Ministerio, el cual, a la larga, sería beneficioso para ustedes pues ese régimen –aunque no prevé las prestaciones laborales del CT– tiene otros beneficios, tal como la estabilidad absoluta en el empleo, que impide la desvinculación del puesto, salvo falta grave del empleado o funcionario.

Suponiendo que a esa institución sí se le aplique el CT. En tal caso, todo luce indicar que se están violando múltiples derechos laborales. Por ejemplo, el 10% que usted menciona es la retención de impuestos que habitualmente se le hace a los honorarios de los profesionales, y quiere decir que la institución no los está considerando a ustedes como empleados, sino como prestadores de servicios independientes. De ahí se explica que no estén cotizando a la seguridad social por ustedes, y no estén reconociendo los típicos derechos laborales.

Puede estar ocurriendo que ustedes no estén vinculados a la institución por una relación de dependencia o subordinación, aunque usted crea que sí. En ese sentido, le sugiero que denuncie el hecho ante el Ministerio de Trabajo y solicite un inspector de trabajo para que haga una visita a la institución. Normalmente, un inspector con experiencia –que lo escuche a usted y otros empleados, y visite la institución– sabrá determinar si efectivamente hay contratos de trabajo entre ustedes y la institución.

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