CONSULTORIO LABORAL

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Especialista en derecho laboral
Deseo hacerle las siguientes preguntas: 1- Los aportes de empleadores a la seguridad social ¿forman parte del salario ordinario?; 2- ¿Cuál es el origen de las constantes 23.83, 11.91, 5.5, como se obtuvieron?; 3- En Derecho Laboral qué significa Hecho del  Príncipe?. 4- Cuáles son los elementos constitutivos que tipifican el fraude en contra del trabajador, dar ejemplo? Gracias por su receptividad, soy lector de su columna

1. Las cotizaciones a la Seguridad Social no son parte del salario ordinario. Se derivan de él.

2. Los factores 5.5, 15 y 30, para cálculos laborales, se crearon mediante el Reglamento 8015 del 30 de enero 1952, sustituido luego por el Reglamento 6127 del 11 de octubre 1960. Más luego, el Decreto 3180 del 6 de abril 1982 modificó el último reglamento para que los factores fueran 5.5, 11.91 y 23.83, que son los que están vigentes conforme al Reglamento 258-93 de 1993, que sustituyó las anteriores disposiciones.

Estos factores son una consecuencia de la jornada de trabajo semanal. Por ejemplo, si la jornada ordinaria semanal es de 5 ½ días (lunes al sábado hasta 12:00m) entonces lo lógico es que se utilice el factor 5.5. Igualmente, nadie se emplea para laborar los 30 días del mes, sino apenas 22 días de cada mes que generalmente tiene 4 semanas; pero como algunos meses tienen 4.5 y hasta 5 semanas, el factor 23.83 resulta ser el promedio de días que en un año calendario labora una persona durante cada mes, aplicando la jornada de trabajo del Art. 147 del CT, que necesariamente es el parámetro objetivo aplicado a todos los casos ocurrentes.

3. El Hecho del Príncipe es un acto del Estado que afecta arbitrariamente sea un contrato administrativo o sea un contrato privado.

En Derecho Administrativo es una medida tomada por la administración que tiene un impacto sobre un contrato en el que ella es parte, que da derecho al co-contratante a una indemnización por los perjuicios derivados del acto arbitrario del Estado, salvo el caso en que el contrato administrativo (llamado también  concesión administrativa) haya previsto esa facultad del Estado

La teoría del Hecho del Príncipe se aplica también para las medidas tomadas por la administración a título extra-contractual. Por ejemplo, una resolución o una medida de policía administrativa, que sea independiente de un contrato administrativo, pero que tiene un impacto sobre las condiciones de ejecución de un contrato privado. (Fuente: http://fr.wikipedia.org)

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