Consultorio Laboral: ¿Es obligatorio trabajar horas extras?

Consultorio Laboral: ¿Es obligatorio trabajar horas extras?

Carlos Hernández Contreras

¿Es obligatorio trabajar horas extras? Lo pregunto pues en nuestro negocio, tenemos turnos rotativos (4 días de 12 horas y 3 días de descanso), y un trabajador alegó que él no estaba obligado a trabajar horas extras. Eso alteraría toda la cadena de producción preestablecida.

De acuerdo con la doctrina, hay dos tipos de horas extras, las que se citan en el primer párrafo del artículo 153 del CT: que se derivan de accidentes ocurridos o inminentes, o los hechos de fuerza mayor o caso fortuito, y las que se citan en el segundo párrafo del mismo artículo 153: que son las habituales, es decir, aquellas que se derivan del normal desarrollo de la ejecución de las labores.

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El primer tipo de horas extras es de carácter obligatorio, conforme al principio de cooperación entre capital y trabajo. El segundo tipo no posee ese carácter obligatorio.

Fuente: Lupo Hernández Rueda, “Código de Trabajo Anotado, Tomo I, Instituto de Estudios del Trabajo, Santo Domingo, 2002, Pág. 529-530; Rafael Alburquerque, “Derecho del Trabajo, Tomo II, Ediciones Trajano Potentini, Santo Domingo, 2018, pág. 383.

Jurisprudencia: caso Cristóbal Colón vs. Marcos Coca, 22 dic. 1999, B.J. 1069, pág. 696.

En su caso, considero que las horas extras tienen carácter obligatorio, pues (aun cuanto no se derivan de un accidente o caso fortuito) son una consecuencia del principio de la buena fe, de la naturaleza de trabajo y de lo pactado entre las partes, desde el inicio.

Ese tipo de jornadas, con horas extras incluidas, se pacta con vigilantes, personal médico, empresas de funcionamiento continuo, etc., de modo que el personal, de antemano, está muy consciente de que laborará con turnos de los cuales depende la continuidad del servicio.

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