Contralor dispone regular los gastos

Contralor dispone regular los gastos

El Contralor General de la República dispuso ayer medidas de control en los gastos del gobierno y los organismos descentralizados, como forma de garantizar una transición transparente y con las obligaciones que confieren las leyes y reglamentos.

La disposición está en la circular número 18 que el contralor Federico Lalane José envió a los secretarios de Estado, directores generales, administradores, instituciones descentralizadas y empresas públicas por instrucciones del presidente Hipólito Mejía.

La resolución también está dirigida a los departamentos y unidades de auditoría interna y contralorías del sector descentralizado no financiero.

Establece que «no se reconocerán como deudas o compromisos los originados por compras a suplidores de bienes y servicios, por préstamos o avales bancarios que no hayan sido, previamente autorizados por el secretario de Finanzas, conforme lo estableciera el Poder Ejecutivo mediante el decreto 581-02.@

Indica que las unidades de auditoría interna del gobierno deberán dar seguimiento al cumplimiento de las medidas trazadas en la circular.

«Los niveles de gastos de las instituciones del gobierno para el trimestre julio-septiembre se deberán ajustar, estrictamente, a la cuota de compromisos autorizada por el Comité Técnico Operativo, que coordina la Oficina Nacional de Presupuesto, conforme a lo establecido por el Sistema de Programación de la Ejecución Financiera del Presupuesto aprobado mediante decreto 614-01», precisa al circular.

Indica que solo se podrán iniciar obras de infraestructura previamente autorizadas por el presidente Mejía y que cuenten con el financiamiento.

Se dispone que los funcionarios deberán disponer que el departamento financiero de su entidad elabore un estado de cuentas por pagar al 31 de julio debidamente documentado, clasificando las cuentas en: cuentas por pagar a suplidores, contratistas, entidades financieras, así como de la luz, teléfono, agua, publicidad, basura, pasajes, reparaciones menores entre otros.

También dispone la permanencia en su lugar de trabajo de los empleados encargados de funciones, tales como: tesoreros, cajeros, caja chica, cobros, almacén, inversiones y de activos fijos, salvo que se comprueben faltas graves en el desempeño de sus funciones en el período de transición.

Precisa que las empresas públicos como CAASD, CORAASAN, CDE, INAPA, Lotería Nacional, CEA CERTEVD, Autoridad Portuaria, INESPRE, OMSA, y las instituciones de la seguridad social como IDSS, INAVI, ISSFA E ISSPN, deberán preparar además un estado de cuentas por cobrar, clasificadas por vencimiento al 31 de julio subdividido en los grupos de cuentas por cobrar a instituciones públicas, a empresas privadas y personas físicas.

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