Contrataciones Públicas recuerda pautas de compras durante el periodo de emergencia

Contrataciones Públicas recuerda pautas de compras durante el periodo de emergencia

Carlos Pimentel, director de Compras y Contrataciones Públicas / Fuente externa

La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) reiteró que las únicas instituciones autorizadas por el decreto 401-20 para realizar compras y contratar bienes y servicios durante el periodo de emergencia son el Ministerio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud (SNS) el Programa de Medicamentos Esenciales Central de Apoyo Logístico (Promese/Cal) y la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).

El director de la institución, Carlos Pimentel, recordó que estas entidades deben regirse por la “Guía para las compras y contrataciones declaradas de emergencia”, para adquirir insumos y medicamentos, así como otros bienes y servicios que resulten indispensables para continuar con las iniciativas de prevención y mitigación de la COVID-19.

Entre otros puntos, la referida guía exhorta a los funcionarios a que antes de hacer la estimación del monto estimado de la contratación consulten el sistema de información de precios del mercado público de esta Dirección, así como los precios de los insumos anteriormente contratados en el sector público, en lo concerniente a medicamentos, equipos médicos, entre otros. 

“Estas instituciones deberán seguir los lineamientos establecidos en la guía para los procesos de emergencia para combatir la COVID-19 emitida por la Dirección General de Contrataciones Públicas a fin de garantizar que sean transparentes, eficientes y que garanticen la igualdad de oportunidades”, expresó el director general de la DGCP.

El documento también establece que el órgano responsable de ejecutar estos procedimientos es el Comité de Compras y Contrataciones de cada institución y que el plazo de evaluación de ofertas y adjudicación es de tres días calendarios entre la fecha de publicación del procedimiento y la fecha de apertura de las ofertas. 

La DGCP destacó que 15 días después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia, la institución contratante deberá presentar un informe detallado de los procedimientos de emergencia realizados a la Contraloría General de la República y la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, el cual deberá ser publicado en el Portal Transaccional y en el portal web de Contrataciones Públicas.

“Desde Contrataciones Públicas estamos comprometidos a vigilar cada proceso de compras de emergencia para evitar o anular cualquier compra o contratación pública que tenga indicios de corrupción o irregularidad administrativa. No vamos a permitir ninguna malversación de los recursos del Estado para beneficiar a particulares y cualquier caso con violación de tipo penal será remitido a las autoridades correspondientes”, enfatizó el Director General de la DGCP.

El artículo 2 del referido decreto emitido por el presidente Abinader el pasado 27 de agosto establece que las instituciones citadas deberán solicitar y coordinar la asesoría técnica de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) para eficientizar en los términos de referencia y en las bases de la contratación estos procesos de emergencia.

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