Contrato para instalar rayos X es inconstitucional

Contrato para instalar rayos X es inconstitucional

El presidente de la Cámara de Comercio de Santo Domingo, Pedro Pérez González, dijo que el contrato entre el Estado y la sociedad ICSSOI, del año 2002, para instalar con exclusividad la revisión de la mercancía en los puertos dominicanos por medio de rayos X, es inconstitucional.

El también presidente de la Federación Dominicana de Cámaras de Comercio (Fedocámaras) se une así al debate sobre el carácter oneroso e inconstitucional del referido contrato y apoya por tanto la acción directa de inconstitucionalidad en contra del referido contrato por conceder un privilegio a una empresa para ejercer un monopolio en franca violación al numeral 1 del artículo 50 de la Constitución de la República.

El artículo décimo del contrato sometido al fallo del Tribunal Constitucional dice: “El Estado declara y reconoce que durante la vigencia del presente contrato o cualquier extensión del mismo no se realizará ningún contrato u otorgará autorización alguna a favor de cualquier persona física o moral, a los fines de proveer servicios de seguridad similares a los que presta ICSSI en virtud del presente acuerdo, en los puertos de la República Dominicana, sin el previo consentimiento de ICSSI”.

Puesto que el beneficio es para una empresa privada, y no para el Estado, afirmó Pedro Pérez González, es anticonstitucional como ya han afirmado por el sector privado el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CNEP,) las asociaciones de navieros, de Zonas Francas, la AIRD, AMCHAM, ADOEXPO, ONEC y otras más.

Aclaró, sin embargo, que ni la Cámara de Santo Domingo ni el sector privado se oponen a la instalación de equipos de digitalización de imágenes por rayos X en los puertos del país, sino a que esto se haga de forma monopólica.

Haciéndose eco de la posición del exdirector general de Aduanas, Rafael Camilo, advirtió que “la verificación de los contenedores no puede ser tomada como una excusa para hacer negocios e incrementar riquezas, incrementando de manera engañosa los costos operacionales de las empresas en territorio nacional y disminuyendo la competitividad del país”.

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