Contratos vigentes con Ley 173 serán respetados por DR-CAFTA

Contratos vigentes con Ley 173 serán respetados por DR-CAFTA

POR ALEIDA PLASENCIA
En un taller sobre la Ley 173 celebrado ayer se dejó claro que esta legislación se mantendrá vigente para los contratos firmados antes de que entre en vigencia el Tratado de Libre Comercio con Centroamérica y Estados Unidos (DR-CAFTA). Asimismo, que en el caso de los nuevos los concesionarios sólo tienen un camino: negociar bien y buscar buena asesoría de abogados, porque tienen que  regirse en base a la “libertad contractual”.

Expusieron en el taller, Esther Aristy, abogada de Aristy y Asociados; Jochi Vicente, socio de la consultora Grant Thornton; Maribel Gassó, vicepresidenta de operaciones de J.Gassó; así como Eduardo Valcárcel y Sarah De León, presidente y secretaria de la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE), entidad que auspició la actividad.

La doctora Aristy, tanto en su exposición al público como al ser entrevistada en el mismo escenario, dijo que con relación a la Ley 173 (relativa a la protección a los agentes importadores de mercancías y representantes de marcas en el país), de cara a la implementación del DR-CAFTA, lo primero e importante es llevar el mensaje claro a los concesionarios de que dicho tratado lo que plantea es que para los contratos que se firmen en el futuro, con concedentes estadounidenses lo que va a regir es “la libertad contractual”, es decir, lo que acuerden las dos partes involucradas (concesionario y concedentes).

Igualmente, hay que tener claro, según ella, que la Ley 173 no va a aplicar para los nuevos contratos, salvo que las partes elijan dicha legislación para regular su relación comercial. Vicente, a su vez, dijo que le corresponde a las autoridades dominicanas hacer las aclaraciones correspondientes respecto a la situación de ley de cara al DR-CAFTA, ya que los derechos adquiridos bajo una legislación, “no pueden ser eliminados así por así”.

Al respecto, propuso que los concesionarios se sienten a hablar de negocios con sus concedentes y busquen una salida por vía de la negociación a cualquier problema que se presente. Gassó, al exponer en el taller celebrado en la mañana de ayer en el hotel El Embajador, recomendó a los empresarios locales usar y escuchar a sus abogados, “y si no lo va a hacer, asuma la responsabilidad de no hacerlo” por sí mismo.

Sostuvo que la Ley 173 protege todos los contratos anteriores al DR-CAFTA que están registrados en el Banco Central y que los que no han sido registrados en dicha institución se amparan en el derecho común.  Valcárcel, a su vez, resaltó la relevancia de esta legislación apenas pasados cuatro días de haberse vencido el segundo plazo establecido para la entrada en vigor del DR-CAFTA, por lo que “la armonización de su contenido con lo dispuesto en el tratado constituye uno de los requisitos más controversiales” en estos momentos. 

Agregó que el aspecto medular radica en que “no aplicará la Ley 173 a ningún contrato cubierto firmado después de la fecha de entrada en vigor del tratado, a menos que éste explícitamente disponga la aplicación de dicha ley”.

“Esto es a diferencia de en el pasado, donde no se tenía que estipular que la Ley 173 aplicaba por ser de orden público y sujeta solamente al requisito de registro del contrato en el Banco Central para su aplicación”.

Por su lado, la licenciada De León, en las palabras de clausura del taller, advirtió a los asistentes que ante el reto ineludible que implica la entrada en vigencia del DR-CAFTA “el deber de los empresarios es prepararnos para enfrentar estos cambios, tanto en el orden jurídico como de hacer negocios”.

“Desde el punto de vista jurídico es importante que las partes involucradas en una relación de representación se aboquen a negociar cláusulas contractuales que prevean las necesidades de ambas partes y que sean autosuficientes aún a la luz de la no aplicación de la Ley 173”, precisó.

En cuanto al punto de vista económico, indicó que “los representantes deberán ser más competitivos, estudiar el mejor plan de negocios para la marca, procurar un óptimo desempeño y negociar mejor los términos económicos bajo los cuales se regirá su relación”.

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