Control fronterizo y cooperación bilateral, según protocolo

Control fronterizo y cooperación bilateral, según protocolo

Guillermo Caram

El Protocolo aprobado por nuestro Congreso (Resolución.492-06) dentro la Convención de la ONU contra delincuencia organizada transnacional solo obliga a Estados a “considerar posibilidad”, no adoptar, disposiciones para atender a víctimas de trata de personas.

Reconoce en cambio las facultades de control fronterizo (Art. 11.1) y obligación de procurar cooperación binacional (art. 9.4).

El Artículo 11.1 señala que “los Estados… reforzaran…controles fronterizos que sean necesarios para prevenir y detectar la trata de personas”.

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Y consigna, (Art.9.4), que “Los Estados… adoptaran medidas…recurriendo…a la cooperación bilateral o multilateral, a fin de mitigar factores como…pobreza… subdesarrollo y…falta de oportunidades equitativas que hacen a las personas…vulnerables a la trata”.

Nuestro Gobierno debería centrar su atención en estos temas como únicas vías para evitar trata de personas y presiones migratorias.

Puede hacerlo con simples decisiones administrativas ¿Acaso es posible que haya trata migratoria en fronteras sin la complicidad de estamentos militares encargados de custodiarla?

Bastaría instituir mecanismos que garanticen integridad en el desempeño de quienes deben velar por el respeto fronterizo. De nada servirán muros, operativos militares y demás disposiciones intimidatorias sin este requisito.

Mas aún si se acompaña con la cooperación entre Gobiernos para combatir pobreza, subdesarrollo y falta de oportunidades.

Una bilateralidad que viabilizaría la multilateralidad para superar crisis política institucional haitiana y sentar bases para que su economía genere empleos que eliminen tentaciones de migrar.

Con frecuencia se argumenta que Haití carece de interlocutores válidos para implementar bilateralidad. Pero representantes de esa carencia son escuchados por gobiernos y organismos internacionales en peticiones de ayuda militar. FMI y el BID le han ofrecido asistencia técnica y financiera. No hay alternativa que no sea recurrir a esos interlocutores por precarios que sean.

Para cooperación bilateral solo falta que nuestro Gobierno, asumiendo actitud de buen samaritano, propicie cooperación prevista en protocolo citado y tome la iniciativa, con magnanimidad y generosidad propias de quien posee mejores condiciones, de aproximarse a su prójimo haitiano para estructurar esa cooperación bilateral que viabilizaría la consecución de asistencia multilateral e internacional.

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