Conviene restablecer la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Conviene restablecer la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Bastaría con que el Congreso Nacional ratifique la competencia de la Corte, ya contenida en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, acogiendo ese requisito de la sentencia 256-14 del Tribunal Constitucional.

A la República Dominicana le convendría poner fin a los cuestionamientos internacionales derivados de dos sentencias del Tribunal Constitucional (TC), pudiendo comenzar por someter al Congreso Nacional la ratificación de la Jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dejada en un limbo ya por seis años.

Un segundo paso para recuperar la imagen del país en los organismos de derechos humanos y la comunidad internacional seria empeñarse en la plena aplicación de la Ley 169-14 que enmendó la desnacionalización producida por la sentencia del TC 169-13 de enorme repercusión universal y que dividió agriamente la sociedad dominicana.
En un limbo jurídico.

Con su sentencia 256-14 de noviembre del 2014 el TC pretendió evadir las responsabilidades que le reclamó parte de la comunidad nacional y la internacional prácticamente a unanimidad, y específicamente la CIDH por haber dejado anulada la nacionalidad que ostentaban decenas de miles de descendientes de extranjeros nacidos en el país (en gran parte haitianos), retroactivamente hasta el 1929, con su sentencia 169-13 del año anterior, pero sólo logró profundizar el descrédito.


El esfuerzo fue doblemente fallido porque arrojó nuevas condenas de la Corte, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y su similar de las Naciones Unidas, así como de numerosas instituciones que velan por los derechos humanos en el mundo, y también por haber dejado al país en un limbo respecto a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, del 22 de noviembre de 1969, que entró en vigor el 18 de julio de 1978.

RD suscribió la Convención el 7 de septiembre de 1977 siendo ratificada mediante la Resolución 739 del Congreso Nacional en diciembre del mismo año, y registrada el 21 de enero de 1978 ante el Consejo de la Organización de Estados Americanos.

La misma Convención instituyó la Corte Interamericana y dejó establecido que para aceptar su jurisdicción no se requería nueva convención, que bastaba la adscripción de un representante de los Estados suscribientes. Por eso el presidente Leonel Fernández aceptó la jurisdicción, como casi todos los países, sin otro protocolo que un escrito del 25 de marzo de 1999.

A raíz de la desvinculación de la Corte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA advirtió que esa decisión solo tendría efecto con la denuncia de la Convención sobre Derechos Humanos, lo que no se ha producido, dejando el país en un limbo, pero susceptible de seguir siendo objeto de sentencias de la CIDH.
Vergüenza internacional.

La segunda sentencia del TC también apeló a la retroactividad para declarar inconstitucional la jurisdicción de la CIDH en la RD sobre la base de que el Congreso Nacional no la había ratificado, aunque lo “descubrió” 15 años después y tras una decena de eventos que la reconocían, incluyendo algunos del mismo tribunal. La generalidad de los constitucionalistas dominicanos la rechazaron.

Eduardo Jorge Prats con un artículo que tituló “¡Qué vergüenza!”. Con similares calificativos se expresaron otros como Cristóbal Rodríguez, Olivo Rodríguez Huerta, Flavio Darío Espinal, Carlos Salcedo, Nassef Perdomo y Ariel Gautreaux, y juristas de la categoría de Jorge Subero Isa y Francisco Alvarez Valdez. Las juezas del mismo tribunal Katia Jiménez y Ana Isabel Bonilla, y el juez Hermógenes Acosta, dieron votos disidentes en términos absolutos.

Se recordó que el Congreso Nacional ratificó la competencia de la CIDH al aprobar la Ley orgánica del TC 137-11, que la reconoce como la máxima instancia en materia de derechos humanos. Para colmo, el mismo TC en sus sentencias 0084-13 y 136-13 también había reconocido “el carácter vinculante de los dictámenes de la CIDH”.

Y su presidente, Milton Ray Guevara había firmado, en noviembre del 2012, un “Acuerdo Marco de Colaboración” con la Corte que dos años después desconocían.

Algunos de los constitucionalistas opinaron que para el país salirse de la Convención, que es la única forma legítima de desconocer la jurisdicción de la CIDH, tendría que mediar una reforma constitucional, ya que el artículo 74.3 de la Constitución proclamada en el 2010, otorga jerarquía constitucional a los tratados y convenciones suscritos por el Estado.

Para colmo, la RD logró en el 2006 que la jurista dominicana Rhadys Abréu de Polanco fuera electa como jueza de la CIDH, cargo que ejerció durante 6 años.


Fácil remedio diplomático
Ahora que se ha reducido el furor ultranacionalista de la pasada década y que se pone en vigencia una profesionalización de la diplomacia dominicana, empeñada en mejorar el posicionamiento de la República en el ámbito global, sería conveniente restablecer la jurisdicción de la CIDH y salir del limbo, porque al final ese organismo seguirá juzgando casos de violaciones de derechos humanos aunque aquí no la reconozcan, lo que en el ámbito latinoamericano sólo ocurre además con Venezuela, que en estos tiempos no parece la mejor compañía.

Cualquier legislador o bloque de legisladores, o el Poder Ejecutivo podría tomar la iniciativa con el simple procedimiento de retomar el protocolo enviado por Leonel Fernández en 1999 y someterlo a la ratificación del Congreso Nacional, atendiendo así la única objeción formulada por el TC.

Seguro que ello sería celebrado en el ámbito de los organismos internacionales como parte de las rectificaciones que comenzaron con la Ley 169-14 que devolvió la nacionalidad a decenas de miles de afectados por la sentencia 169-13 del TC, que “muy a la dominicana” sostuvo que esta era de aplicación obligatoria, pero “se le buscó la vuelta” para enmendarla.

Poco después de la ley de mayo del 2014, la Junta Central Electoral publicó en dos diariosun listado de 55 mil personas que podían volver a procurar sus actas de nacimiento.

Se estima que sólo 26 mil lo han hecho, y que casi la mitad no han podido, unos porque se habían muerto o marchado del país y muchos porque viven en la extrema pobreza y no han tenido los recursos para gestionar un documento ya de poca utilidad para su condición socio-económica.

Para salir de la apatridia
El país necesita reconciliarse con los organismos multilaterales e instituciones sociales internacionales que velan por los derechos humanos, pero también adoptar políticas efectivas que le permitan salir del estigma de auspiciador de apatridia.

No basta con que se niegue, si hay señales tan objetivas como la de los que se acogieron al plan B de la Ley 169-14, que otorga la ciudadanía por naturalización a los descendientes de extranjeros nacidos en el país, pero que no hicieron, o no se les aceptó oportunamente la declaración de nacimiento.

Se da el caso que en una misma familia hijos mayores obtuvieron el registro, pero no así los que llegaron cuando empezó la discriminación, y así unos son ciudadanos dominicanos y otrosextranjeros indocumentados.

En un rígido plazo de apenas meses, 8 mil 768 personas se acogieron al plan de naturalización, pero seis años después, apenas 750 la han logrado, mediante el decreto 262-20 emitido por el presidente Danilo Medina el 16 de julio pasado, 11 días después que perdió las elecciones presidenciales.

El 89 por ciento todavía espera un documento de identidad, porque aquí nacieron y aquí han vivido siempre y no tienen otra nacionalidad ni piensan ni pueden ir a buscarla en ningún otro país. Por eso los consideran apátridas.

Es posible que muchos de ellos no hayan completado el paquete de requisitos que se les impuso para ser reconocidos, comenzando por los documentos de identidad de sus padres, que en muchos casos no los tenían, desconocidos, o que hace años volvieron a Haití.

Una buena proporción son de padre o madre dominicanos. Otros requisitos difíciles de cumplir para muchos son los testigos de su origen o las comadronas que los recibieron, o los certificados de los hospitales, que en muchos casos ni siquiera los registraban. Tampoco lesresulta fácil obtener certificados de empleos. Son una proporción tan ínfima de la población que merece la mayor generosidad.

Hay que borrar el estigma
El país necesita quitarse de encima el estigma que lo mantiene junto a Myanmar, Costa de Marfil, Letonia y Estonia, a la cabeza de los mayores auspiciadores de apatridia en el mundo. El pasado 30 de septiembre al cumplirse el 66 aniversario de la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos volvió a reclamar a RD un esfuerzo por restañar las heridas de las sentencias del TC.

Tras reconocer y celebrar los efectos positivos de la Ley 169-14 que habría devuelto la nacionalidad a 26 mil personas, y el decreto de Medina que naturaliza a 750, la Comisión instó al Estado dominicano a “buscar medidas sostenibles, asequibles y duraderas” para la situación de unos 6 mil 400 que no han podido obtener la nacionalidad vía el proceso de naturalización, considerados en situación de apatridia. En el mismo sentido se pronunció la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)

Desde las sentencias del TC casi todos los años RD es evaluada en el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, donde organizaciones como el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, la Red de las Américas sobre Nacionalidad y Apatridia, HumansRights y otras unen sus esfuerzos a la nacional Dominicanos por Derecho para mantener los cuestionamientos y reclamos de rectificaciones.

No basta negarlo y el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene suficientes documentos para avalar la necesidad de borrar un estigma que distanció el país hasta de la comunidad de naciones del Caribe, con daños económicos, y lo dejó en las cuatro esquinas del mundo.-

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