Por: Rafael Heredia
La Administración Pública tiene a su cargo una serie compromisos que debe de cumplir para la satisfacción de las necesidades de la colectividad y del interés general.
Para garantizar el cumplimiento de dichas actividades la administración central o descentralizadas adquieren bienes y servicios, crean infraestructura y acuden a agentes privados a través de la figura del contratoadministrativo para que estos asuman cometidos públicos.
Para la administración seleccionar con quién contratar, el legislador impone que las decisiones sean tomadas a través de procedimientos reglados que no solo persiguen garantizar los derechos de los administrados, sino que también buscan la racionalidad y la eficacia de las decisiones emitidas.
En el caso del procedimiento de contratación pública, además de ser un instrumento para el aprovisionamiento de bienes, obras y servicios con fines públicos, también constituye un mecanismo que tiene un alto impacto en el desarrollo y la economía del país, toda vez que incide directamente en la generación de empleo, en la eficientización del gasto público, y en la dinamización del comercio y capacidad industrial.
Así pues, dentro de los procesos de selección subsiste una confluencia entre factores normativos, económicos, políticos y sociales que involucran que el Estado efectué inversiones eficientes de los recursos públicos y alcance mejores condiciones en términos de calidad y precio.
Lee más: La libre competencia y el modelo de economía social de mercado
Para ello, encontramos que la contienda entre los distintos oferentes para ganar la contratación resulta imprescindible para asegurar la máxima competitividad y con la adquisición de servicios de alta calidad a precios bajos, y así liberar recursos económicos para lasatisfacción de otras necesidades públicas.
En el marco de lo antes expuesto, encontramos la libre concurrencia como un principio vinculado a uno de los principales objetivos del procedimiento de selección; generar la mayor participación de oferentes posibles.
De esta forma, la libre competencia económica no debe ser reconocida y garantizada de manera limitada al desarrollo de las relaciones económicas entre particulares, sino que también debe extenderse a las relaciones económicas en las cuales el Estado acude a agentes privados para proveerse de los bienes y servicios necesarios para cumplir sus cometidos públicos.
Conviene manifestar queel empleo eficiente de los recursos estatales y la transparencia del proceso de adquisición del bien requerido son fines esenciales que se intentan asegura a través de los procesos de selección, lo cual es posible a su vez mediante un mercado competitivo.
En el caso de la contratación pública, este es un mercado caracterizado por una confluencia de oferta y demanda de bienes y servicios, en donde la oferta recae en los particulares y la demandas en las entidades públicas las cuales delimitan de manera particular las características específicas que cumplir cada bien y cada oferente y por consiguiente intervienen en la determinación del mercado relevante.
En ese tenor, cada proceso de contratación convocado por el Estado genera un mercado especifico el cual deben caracterizarse por la libre concurrencia.
También leer: Crónicas de las reformas constitucionales en la República Dominicana
Ahora bien, dentro de la contratación pública pueden surgir determinados comportamientos que pueden impedir que las compras se lleven a cabo conforme a las condiciones antes planteadas.
Por un lado, pueden generarse comportamientos irregulares por parte de los funcionarios encargados de administrar los procesos de selección, y, por otro, prácticas anticompetitivas consistente en la concertación de acuerdos por parte de empresas postoras que crean barreras que impiden la libre competencia y la inversión eficiente, al aumentar los costos de adquisición o disminuir la calidad de los bienes y servicios que son adquiridos por las institucionales estatales.