Corte rechaza pedidos defensa

Corte rechaza pedidos defensa

POR TANIA HIDALGO
El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ordenó anoche la continuación para el lunes 10 de julio, a las 2:00 de la tarde, del juicio de fondo contra el presidente del desaparecido Banco Intercontinental (BANINTER), Ramón Báez Figueroa y los demás imputados en el caso, tras rechazar la solicitud de aplazamiento hecha por los abogados de los imputados.

El tribunal, integrado por los magistrados Antonio Sánchez Mejía, Giselle Méndez y Pilar Rufino, rechazó una petición hecha por los abogados Marino Vinicio Castillo, Juárez y Vinicio Castillo Semàn  y José Antonio Columna, en representación de Báez Figueroa, para que se reenviara la audiencia, a fin de que el tribunal hiciese entrega de unos documentos solicitados el 10 de mayo pasado.

No obstante, el tribunal indicó que le dio curso a la solicitud planteada, quedando a cargo de la parte requeriente pasar por la secretaría y retirar tales documentos.

 Con relación a la solicitud de reenvío porque no fueron citados los testigos a descargo de Báez Figueroa, el tribunal ponderó que de los 73  testigos, la defensa sólo les suministró la dirección de 44.  Luego de más de cinco horas de deliberaciones, el tribunal también rechazó las peticiones planteadas por los abogados de Vivian Lubrano de Castillo, Luis Álvarez Renta, Jesús María Troncoso Ferrúa y Marcos Báez Cocco.

En cuanto al pedimento de los abogados de Troncoso Ferrúa para que se pospusiese la audiencia, a fin de que los jueces comprobasen y declarasen que el acta de acusación no podía surtir efecto respecto a su cliente, en virtud de la resolución 48-06 de la presidencia del mismo tribunal que delimita el juzgamiento al ámbito del sometimiento inicial, los jueces concluyeron que “esta solicitud es extemporánea en virtud de que aún no ha sido presentada la acusación”.

En tanto, los abogados de Báez Cocco, Juan Antonio Delgado y Joan Alcántara, también solicitaron la suspensión del juicio. Sobre el pedimento de Báez Cocco, los jueces consideraron que “en virtud del carácter híbrido del presente proceso y en aplicación de los artículos 226 y siguientes del viejo Código de Procedimiento Criminal, es preciso acotar que tal y como señala la defensa, este tribunal ha declarado que nos encontramos ante un proceso híbrido, que contrario a lo aducido por la defensa, esto no significa que en la fase en que nos encontramos se aplicaran ambas normas procesales a la vez, sino que el proceso ha tenido dos fases, una primera regida bajo los predicamentos del antiguo Código de Procedimiento Criminal y la segunda regulada por el Código Procesal Penal, por lo que el estadio procesal en que nos encontramos, regirán las normas relativas a la etapa del juicio establecidas por el Código Procesal Penal”.

Los abogados de la defensa habían solicitado, además, que el proceso fuese aplazado hasta tanto la Suprema Corte de Justicia decida un recurso de casación presentado el 19 de mayo pasado contra una decisión emitida el 9 de mayo por el tribunal, en la cual se rechazaron una serie de incidentes de procedimiento que habían sido propuestos.

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