Costa Rica-República Dominicana y las reformas

Costa Rica-República Dominicana y las reformas

Del 2 al 13 de junio, un selecto grupo de jueces, fiscales, defensores públicos y abogados independientes, participamos en un curso especializado sobre Derecho Procesal Penal y Derecho Procesal Constitucional celebrado en la Universidad de San José, Costa Rica.

No fue cosa del azar el que se escogiera a Costa Rica como país anfitrión ni los temas citados, dada su innegable actualidad y trascendencia, objeto de profundo análisis y reflexión y de encendidos debates de parte de todos los actores.

Costa Rica ha sido modelo tradicional de Democracia  desde aquel histórico mazazo del 1948 cuando Don Pepe Figueres  disolvió el ejército nacional, sustituyendo sus cuarteles por escuelas públicas, dejando un claro mensaje de civilidad para beneficio y honra de la nación costarricense.

El Constituyente de la II República profundizó el proceso revolucionario: adoptó el sistema unicameral,  integrando un Congreso con solo 57 diputados;  estableció el sistema de la proporcionalidad, garantizando el derecho de las minorías políticas y  consagrando el 33% del sufragio para mujer; creó el Tribunal Superior de Elecciones,  disponiendo elecciones conjuntas y  la no reelección  entre otras sanas conquistas. Destinó el 5%  presupuestal para Educación;   demarcó las circunscripciones y fijó  en 7 provincias y  pocos cantones municipales el territorio político de la nación.

Costa Rica cuenta con un territorio algo mayor que el de República Dominicana, con apenas cinco millones de habitantes, altamente alfabetizados y con una exuberante vegetación y aguas abundantes y un potencial energético de fuentes hídricas y geotérmicas bien aprovechadas.  

Costa Rica, en 1962, sirvió de centro de enseñanza democrática para  una pléyade de jóvenes dirigentes políticos cuando  con el advenimiento del PRD y del Profesor Bosch al poder, soplaron aires libertarios,  y  sigue siendo un modelo a seguir en los países del área en el duro proceso de reformas judiciales e institucionales emprendidas en las últimas décadas.

Nuestro Código Procesal Penal,  que sustituyó el vetusto Código de Procedimiento Criminal, privilegiando el sistema garantista-acusatorio contra el inquisitorial, ha sido influenciado vivamente por el de Costa Rica. Igualmente el tratamiento de la Reforma Constitucional y la creación de una Sala (o Tribunal) de Garantías Constitucionales.

En Costa Rica, como en los demás países, las cosas han cambiado. Sigue siendo institucionalmente fuerte, pero no es lo idílico. El fantasma del narcotráfico,  la corrupción y delincuencia globalizada,  toma visos alarmantes de realidad y asusta. Muchos atribuyen su causa al exceso garantista del Código y la visión de los defensores públicos e  intérpretes, más leales a los intereses del presunto victimario, su cliente potencial, que a los valores sociales del ofendido y de la Justicia.   

La Reforma Constitucional y de la Cuarta Sala,  con su intervencionismo desmesurado (Salacuartazo) producto del Recurso de Amparo y, en menor medida, del Habeas Corpus, amenaza con inhabilitarse para el ejercicio de su principal misión: conocer los recursos de inconstitucionalidad. Son temas que habrán de examinarse con mayor profundidad, de cara a nuestra realidad, para no caer en distorsiones e inconsistencias. 

Publicaciones Relacionadas

Más leídas