Crearía marco jurídico para zonas financieras

Crearía marco jurídico para zonas financieras

POR PEDRO GERMOSEN
El presidente Leonel Fernández sometió ayer al Senado un proyecto de ley que crea el marco jurídico para el establecimiento de Zonas Financieras Internacionales (ZFI), que sólo podrán ser explotadas por personas físicas  y jurídicas domiciliadas fuera de la República Dominicana.

Los participantes tendrán derecho al 100% de exención de los impuestos sobre la Renta, retenciones  sobre pagos al exterior, impuestos de construcción, contratos de préstamos e inscripción, transferencia, aranceles, ITBIS y, entre otros, reparto de dividendos.

A través del mensaje anexo, el jefe del Estado señala que en esas instalaciones se ofertarán negocios financieros  internacionales y otros servicios, de forma extraterritorial, para lo cual         se exige pagar al Órgano Regulador, que crea esta legislación, una tasa de RD$900 millones.

Entre las actividades  permitidas dentro de las ZFI figuran corretaje público y privado  y comercialización de títulos  valores de todo tipo, así como negocios financieros, bancarios y de inversión.

Asimismo, todas las actividades comerciales que son habitualmente suministradas por los sectores de inversión, corporativos, comerciantes mayoristas y de operaciones bancarias electrónicas.

 Igualmente, negocios de seguro y reaseguro, corretaje y comercialización de papeles comerciales, mercado monetario, acciones y mercaderías,  administración de dinero y de bienes, negocios de fondo de inversión, finanzas corporativas y de proyectos.

Además,  fondos de pensión, corretaje de aeronaves y buques, inscripción, agencia marítima y servicios relacionados

 También,  establecimiento de oficinas principales de sociedades,   sociedades tenedoras (holding companies), y administración y operación de negocios en general.

 “Las Zonas Financieras Internacionales no forman parte del sistema monetario y bancario nacional, y se regirán por las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos”, dispone el artículo 3 del proyecto.

 En sus considerandos,  la pieza resalta que se necesita diversificar los distintos sectores que conforman la economía nacional, para asegurar el desarrollo y la competitividad continua del país en un mundo globalizado.

Expresa que el sector internacional de servicios fintancieros es uno de los más dinámicos de la economía internacional, ya que proporciona crecimiento económico y beneficios diversos.

Asimismo, indica que la creación de zonas financieras internacionales facilita el desarrollo económico de las comunidades contiguas, bienestar de sus ciudadanos y transferencia de tecnología.

       Señala  que al permitir y fomentar la creación y la operación de zonas financieras internacionales, el Estado se coloca a la vanguardia y proporciona servicios financieros en el ámbito internacional a personas físicas y  morales.

La legislación crea el Órgano Supervisor de las ZFI como entidad descentralizada del Estado, con  personalidad jurídica y autonomía financiera y funcional.

El artículo 9 dispone que el  Órgano Supervisor tendrá entre sus funciones establecer y  promover las ZFI como los principales centros para la provisión de servicios financieros internacionales.

  Asimismo, implementará y mantendrá la filosofía de las ZFI, sobre la creación de un mercado eficientemente controlado, que opera con integridad y aplicando las mejores prácticas.

 El proyecto crea un Órgano Regulador y una Unidad de Inteligencia Financiera,  cuyo objetivo será prevenir e identificar el lavado de dinero y las actividades que financien el terrorismo.

Entre los  requisitos para el establecimiento de las ZFI, se exige  a los propietarios u operadores de éstas una tasa de RD$900 millones, o la inversión y compromiso de pago de una suma similar para la investigación y desarrollo de esos negocios.

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