Crisis de la Cámara de Cuentas: Debilidad de nuestras instituciones públicas

Crisis de la Cámara de Cuentas: Debilidad de nuestras instituciones públicas

Alfredo Cruz Polanco

La grave crisis de confianza, credibilidad, gobernanza, de imagen y prestigio por la que atraviesa la Cámara de Cuentas de la República (CCRD) desde hace muchos años, refleja la gran debilidad institucional que afecta a este y otros órganos del sistema nacional de control.

La CCRD es el órgano superior del sistema nacional de control de la fiscalización externa y auditoria de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado. Sus miembros son escogidos por el Senado de la República de las ternas suministradas por la Cámara de Diputados, luego de ser evaluados y entrevistados por una comisión escogida para estos fines. Es la única institución del sistema de fiscalización facultada constitucionalmente para emitir una resolución que puede servir de base para el sometimiento a la Justicia a los funcionarios por distracción y malversación de los recursos públicos.

El pleno de miembros de la actual CCRD, fruto de una serie de conflictos, irregularidades, desaciertos, falta de autoridad, liderazgo, prudencia y gerencia; enfrentamientos y acusaciones entre ellos, ha sido objeto de fuertes críticas, interpelaciones y de una solicitud para un juicio político por el Congreso Nacional.

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Para ello se requiere de las 2/3 partes de los miembros de la matrícula de diputados, pero debido a que las bancadas de los partidos mayoritarios allí presentes están muy divididas en torno a este propósito, difícilmente este juicio se pueda realizar.

No obstante el Congreso Nacional, buscando una solución salomónica a la grave crisis por la que atraviesa la CCRD, decidió prácticamente al vapor, sin ni siquiera estar contemplado, conocer y aprobar en dos sesiones consecutivas las modificaciones a la Ley 10-04, que rige la actual Cámara de Cuentas de la República.

Entre las modificaciones que se le hicieron se encuentran: el presidente del órgano fiscalizador será escogido por cuatro años en vez de dos; que las auditorías realizadas sean revisadas y autorizadas por un organismo internacional, entre otras.

Como no habrá juicio alguno contra los miembros del pleno de la CCRD, estos continuarán en sus funciones para las que fueron escogidos. Tal vez, el presidente de esta institución, dado los conflictos que se han originado en torno a su figura, sea el único que sea removido a otra posición, con lo que se demuestra una gran debilidad institucional en ese poder del Estado dominicano.

Otro caso de una gran debilidad institucional, que tiene que ver con este órgano fiscalizador de los recursos públicos, que aún permanece en vilo, en silencio y del que se espera una respuesta, lo constituye la ejecución del embargo forzoso que la Procuraduría General de la República realizó contra la gestión de la CCRD por el periodo 2016-2020, en el que se utilizó una parafernalia con la fuerza pública, incautando equipos tecnológicos y documentos oficiales. En toda la historia republicana de nuestro país, no se conocía un precedente de esta naturaleza, en que un poder del Estado, como la Procuraduría General, utilizando la fuerza pública, actuara en contra de otro poder, la CCRD, el órgano superior de la fiscalización externa de los recursos públicos.

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