¿Criterio de oportunidad?

¿Criterio de oportunidad?

LEILA ROLDÁN
Al mismo tiempo que escuchaba por radio la lectura de la sentencia de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia relativa al caso del acusado Quirino Paulino, ojeaba la copia de la sentencia del mismo tribunal que declara la Ley Sectorial de Áreas Protegidas acorde a la Constitución. 

En la primera, la Suprema Corte de Justicia aprecia la importancia de los tratados internacionales como fundamento para la decisión de extraditar a los Estados Unidos al acusado, (con lo que, por cierto, el Poder Judicial nuestro se quita de encima la «papa» caliente de un expediente que podría tener intrincados vínculos con personas notorias del país y, además, hasta repercusiones políticas), mientras en la segunda la misma corte aprecia todo lo contrario, cuando afirma que «resulta impropio afirmar que la Convención prevalece sobre todo el derecho interno de la Nación dominicana», (con lo que deja complacidos los intereses económicos que han sido beneficiados con dicha ley).

Entonces recordé lo que un comunicador enfatizó en uno de los programas matutinos ese mismo día:  «yo confío en esa Suprema Corte de Justicia»; y me pregunté qué tan confiable puede ser un estamento que en una misma semana esgrime argumentos opuestos para motivar dos decisiones fatales, una para el medio ambiente nacional y la otra para los principios de soberanía y de territorialidad de la ley penal, y que se vale de supuestos criterios de oportunidad y otras razones dudosas para justificar fallos altamente lesivos a los verdaderos intereses de la República. 

No, yo no confío en esa Suprema Corte de Justicia.  Creo que los criterios de oportunidad a que hace referencia en su último fallo son realmente «de oportunidad» pero no en sentido jurídico de la expresión, sino en su sentido más literal; y creo que nuestro más alto tribunal está atado por las ayudas internacionales y sus influencias.  Recordemos las expresiones de la señora Elena Brineman publicadas en este mismo periódico el pasado 28 de enero cuando dijo «que no se puede olvidar que los Estados Unidos a través de la USAID es una gran cooperante del poder Judicial».

Ambas sentencias constituyen la más reciente muestra de el Poder Judicial dominicano no es confiable y vienen a complementar el patético reto que el presidente de la Suprema Corte de Justicia lanzó hace muy poco al país.  La decisión que valida la mutilación de los parques nacionales y la que entrega a un país extranjero un acusado de violar la ley penal dominicana en su territorio, son dos muestras más de que tiene razón la gran mayoría de los ciudadanos dominicanos cuando recela del funcionamiento del actual sistema de justicia, según la más reciente investigación de la Finjus, porque percibe las «desigualdades sociales que se exhiben en la aplicación de la ley». 

La primera sentencia, porque a partir de ella, y cito aquí a Adolfo López, «en este país todo es posible…cualquier emplazamiento es susceptible de ser edificado, sin importar que esté protegido, que sea uno de los parques nacionales emblemáticos del país o que en el lugar escogido se localice el mismísimo centro de recepción de una parque nacional».  Y la segunda, la que entrega a la justicia extranjera la facultad de juzgar delitos cometidos en nuestro territorio, porque deviene en una admisión de debilidad, en una confirmación de que, como brillantemente escribió Jacinto Gimbernard Pellerano hace unos días, «los grandes delitos caen regularmente en la ancha red de una impunidad blanda, mórbida y neblinosa, capaz de acoger perfectamente crímenes de narcotráfico o asesinatos…».

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